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jueves, noviembre 14, 2024

LA CRIMINALIZACIÓN DE LA LUCHA SOCIAL COMO FORMA DE DISCIPLINAMIENTO

LA CRIMINALIZACIÓN DE LA LUCHA SOCIAL COMO FORMA DE DISCIPLINAMIENTO

Edgar Isch L.

 Una de las características del gobierno de Rafael Correa es la criminalización de la protesta social, cuyo contenido procede de normas creadas durante la dictadura militar de los años 60 y que se refuerzan con una visión muy cercana a la definición de terrorismo expresada por el FBI, organismo para el cual comete este delito toda persona u organización que tenga interés de incidir en las políticas estatales por medio de cualquier acción que rompa el proceso ordinario de los trámites interminables con las que el Estado logra frenar cualquier posibilidad de cambio. Desde esa visión, el Estado aparece como la supuesta víctima de una expresión social activa, a pesar de que supuestamente el Estado representa a la totalidad de dicha sociedad o, como se diría en lenguaje del gobierno, “la Patria ya es de todos”.

“No crean a los ambientalistas románticos, todo el que se opone al desarrollo del país es un terrorista”. Esa frase la pronunció Rafael Correa en cadena nacional en rechazo al paro Dayuma el 1 de diciembre de 2007, al inicio de su gobierno. El “desarrollo” se pone como el objetivo indiscutible, pero: ¿Cuál desarrollo? ¿Quién lo decide? ¿En favor de quién o de qué clase social? Esto no se pone en el debate y rompiendo todo sentido de democracia, el gobierno ha puesto todas las decisiones fundamentales en una sola persona: el Presidente. Entonces, quien no piensa igual que el Presidente, es alguien que se opone al “desarrollo” del país y, por tanto, puede ser tratado como terrorista.

La base jurídica a la que el gobierno ha recurrido es la parte del Código Penal reformado por la dictadura militar en 1965. La reforma de la dictadura incluyó un capítulo “De los Delitos de Sabotaje y Terrorismo”. Entre estos delitos se encontraban la paralización de servicios de salud (prisión de uno a cinco años); la destrucción, deterioro, inutilización, interrupción o paralización de servicios públicos (de ocho a doce años); el afectar la recolección, producción, transporte, almacenaje o distribución de materias primas (prisión de uno a tres años); la agresión terrorista contra funcionarios públicos o sus propiedades (tres a seis años) y la amenaza terrorista (prisión de tres meses a un año). Ese texto se incluyó en la codificación de 1971 realizada por la última dictadura de Velasco Ibarra y se mantiene hasta hoy, bajo la sombra de la Doctrina de Seguridad Nacional impuesta por el imperialismo en los países latinoamericanos, como mecanismo para aplastar la disidencia social.

Más aún, el Presidente envió a la Asamblea Nacional un proyecto de reformas al Código Penal (oficio DPR-O-10-81 de 9 de julio de 2010) que plantea incrementar la pena por interrupción del tránsito a un mínimo de dos años (era de uno) y un máximo de tres años. Con ello, la movilización social en las calles pretende ser imposibilitada y desconocida como medio de expresión y participación de amplios sectores populares que no encuentran vías de expresión en los maltrechos y reducidos mecanismos que constan en la Constitución y se boicotean en la práctica, más aún cuando la simple discrepancia da paso a ataques usando incluso las cadenas nacionales. Con la propuesta del gobierno, la misma pena tendría quien cierra una vía en una protesta que un torturador, pero Correa no pide ampliar la sanción para los torturadores.

Sanciones de este tipo parta una manifestación callejera por interrumpir el tráfico, resultan más efectivas que tener decenas de años de estado de excepción, como aquellos contra hoy luchan los pueblos en algunos países árabes.

Es fácil entender que todas estas medidas fueron y son utilizadas contra los sectores populares. Los grupos fácticos de poder tienen otros mecanismos de expresión y participación, los que no son “ni terrorismo ni sabotaje”, pero son determinantes en la vida de un país como el nuestro.

El gobierno de Rafael Correa, utiliza también el artículo 230 del Código Penal y que prácticamente no había utilizado otros gobiernos constitucionales, ni siquiera los más neoliberales. Este artículo se refriere con ofender con amenazas, amagos o injurias al Presidente de la República, en una obsesión que se expresa al grado que la correcta expulsión de la embajadora norteamericana tras el desvelamiento de los cables por wikileaks, se argumenta más por la dignidad del Presidente y menos por la dignidad nacional, que es la que realmente importa desde un punto de vista de soberanía del país.

Este posicionamiento gubernamental es claramente visible en el hecho mismo de contar, de acuerdo con distintos cálculos, con cerca de 286 acusados de los delitos de terrorismo (revista Vanguardia de  y sabotaje, unos 189 de ellos pertenecientes a pueblos indígenas, según señala la CONAIE. En lo que va del año, las noticias han resaltado otros hechos entre los que mencionados solo algunos:

–          Siete comuneros de Cochapata, cantón Nabón, han sido condenados por terrorismo y sabotaje a 8 años de reclusión por oponerse a la minería a cielo abierto en su cantón. Esto a pesar de haber recibido la amnistía en la Asamblea Constituyente en 2008, la misma que no se ha hecho efecto.

–          El presidente de la FEUE, Marcelo Rivera, preso político del actual régimen, fue ilegalmente trasladado a la cárcel de Lago Agrio en represalia por la huelga de hambre que los presos llevan a cabo, como medida de rechazo a la destitución del Director de la Cárcel No. 2, del Ex Penal García Moreno. (11 de marzo) y se pretende ampliar su pena

–          No se archiva, a pesar de que concluyó el tiempo para la indagación fiscal, el juicio contra la dirigente Lina Solano Ortiz, por parte de la empresa minera Corriente Resources.

–          La detención por cargos de sabotaje y terrorismo de Pepe Acaro, Pedro Mashiant y Fidel Kaniras, dirigentes de la nacionalidad Shuar, que levantó al movimiento indígena en el país. Fueron liberados lego de que un juez declarara que su prisión fue ilegal.

–          El 18 de enero, se reprime a los estudiantes del colegio Mejía en protesta contra el anuncio de medidas económicas antipopulares y la policía ingresó al Colegio.

–          Detención por parte de la policía a los jóvenes Jairo Erazo y Santiago Farinango, estudiantes de la UTN, quienes el día de hoy miércoles 30 de marzo, fueron detenidos por expresar su rechazo a la utilización de instalaciones universitarias para que el Presidente haga proselitismo por el Si en la consulta.

–          En Machala, Marcos Sovenis Quinto, de 31 años, denuncia haber sido agredido violentamente por la Escolta Presidencial porque le dijo “fascista” al jefe de Estado.

–          Juicio autores del libro “El gran hermano” iniciado en marzo.

–          Clausura de radio Canela de Morona, en abril.

Todo esto expresa varias contradicciones en el discurso y la práctica del gobierno: por un lado, con la Constitución que reconoce en su artículo 98 el Derecho a la Resistencia; por otro, con la Amnistía que la Asamblea Constituyente resolvió en marzo de 2008 a favor de unos 600 luchadores sosteniendo “que las personas enjuiciadas se han visto en la necesidad de ejercer el derecho al reclamo en defensa de los recursos naturales y por alcanzar una vida digna dentro de un ambiente ecológicamente sano y libre de contaminación (…)  y que las acciones de movilización y reclamo de las comunidades son de naturaleza esencialmente política y de reivindicación social”.

A esta situación de terror y amedrentamiento que viene desde el ejecutivo, se suma el proyecto de Ley que reforma la norma sobre Seguridad Pública y del Estado, y posibilita a las Fuerzas Armadas intervenir en “protección interna y mantener el control del orden”, bajo el mando del Presidente. Nuevamente, lo que se pretende es un estado de emergencia permanente pero disimulado bajo otras leyes.

Un gobierno que sustenta su legitimidad en la violencia estatal, el uso de mecanismos judiciales para reprimir y las Fuerzas Armadas en las calles, poco puede hablar de democracia y mucho menos de socialismo. Es, por el contrario, un gobierno que busca  disciplinamiento social en términos de sumisión y acatamiento a las órdenes e ideas oficiales.

Si lograse el gobierno apoderarse del aparato judicial (más allá del control ahora visible) a través de la consulta, es obvio pensar que la situación para los sectores populares se dificulta. Y hay que insistir en que es para los sectores populares, pues ni un solo “pelucón” esta enjuiciado por terrorismo y sabotaje.

Felizmente la historia del Ecuador demuestra que medidas así no detienen al pueblo organizado que ha enfrentado victoriosamente a las dictaduras y derrocado a gobierno en plena aplicación de los “estados de emergencia”. Por el contrario, medidas de ese tipo levantan la indignación popular y ya lo vamos viendo ahora en los rechazos que Rafael Correa recibe en diversas localidades del país, a pesar de los controles y seguridad que le acompaña.

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