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domingo, diciembre 22, 2024

LEY TROLE 3: AUTOEMBOSCADA. Por Jonathan Báez

La “Ley Orgánica para el fomento productivo, atracción de inversiones, generación de empleo, y estabilidad y equilibrio fiscal”, denominada Ley Trole 3, es una autoemboscada que situará como única salida dos aparentes soluciones: i) el contraer deuda con organismos multilaterales, como por ejemplo el Fondo Monetario Internacional (FMI), mismo que situó sus garras nuevamente en América Latina con uno de los mayores salvatajes observados, el préstamo de $50 mil millones en Argentina y, ii) La disminución del gasto social.

Dicho proceso se dará a través de dos pilares fundamentales: a) Disminución de los ingresos fiscales vía impuestos progresivos y cambio de la forma de contratos petroleros y, b) prohibición del déficit primario para la aprobación del presupuesto general del Estado, en otras palabras, disminuir la inversión en salud, educación, infraestructura, lo que se traduce en despidos y/o disminución de salarios.

Respecto a los ingresos fiscales, es sumamente simbólico que el primer artículo de dicha Ley trate sobre la remisión de deudas por concepto de impuestos. Las élites del Ecuador – y América Latina – se caracterizan por su accionar en tres dimensiones fundamentales: i) pugnar por la disminución del tamaño del Estado; ii) no permitir avances en temas laborales y; iii) impedir a toda costa el pago de impuestos – sobre todo progresivos – (Paz y Miño, 2015; 2016). En ese contexto, es importante mencionar que 166 grupos económicos tienen una deuda con el Servicio de Rentas Internas (SRI) de USD 2.260 millones. Los 10 mayores deudores concentran el 79% del total (con corte al 28 de agosto de 2017). Por lo tanto, la remisión beneficiaría a las élites al servicio del capital local y transnacional, lo que implicaría un desfalco para las arcas del Estado.

En otras palabras, la Ley Trole 3 es claramente un articulado al servicio de las élites. De igual forma, la eliminación del anticipo al impuesto a la renta deja una puerta libre para que la evasión tenga lugar. En este punto es necesario mencionar que la elusión se presenta antes del cobro de impuestos, pues se trata de disminuir a toda costa los ingresos para que el pago de impuesto a la renta y utilidades a trabajadores sea efectivo. Anticipar el pago de este impuesto impide que el proceso de elusión tenga lugar, pues quita el margen de maniobra a los empresarios que no pagan los impuestos que les corresponden. En la ley también se elimina este mecanismo. De la misma forma, se inserta todas las exenciones tributarias que impulsa dicha ley, lo que dejaría sin ingresos al Estado, tanto para controlar las actividades empresariales de elusión y evasión, así como al gasto social.

Algo similar ocurre con la búsqueda de disminuir progresivamente el Impuesto a la Salida de Divisas, este impuesto impide que la fuga de capitales tenga lugar. Cuando las élites empresariales empiezan a percibir que se están dando reformas laborales pro-trabajadores (aumento del salario mínimo nominal, real y promedio, eliminar tercerización, precarización e informalidad), se está controlando más sus actividades; el libre mercado tiene como regla favorecer los procesos de concentración, elusión y evasión fiscal. Eso hace que retiren sus capitales como una forma de “castigo” a procesos progresivos de bienestar social. De esa manera provocan un ambiente de “falta de inversión”, lo que en ocasiones se transforma en una guerra económica, en la que el empleo y la calidad de vida de los trabajadores y las trabajadoras, es lo que menos les interesa. Para evitar eso, un impuesto al retiro del dinero producido en el país, y que debería ser reinvertido en el mismo para fortalecer el aparato productivo, es una de las medidas que frena el proceso de guerra económica, con la aprobación de esta ley, la eliminación de este impuesto es casi inminente.

En el caso petrolero, se menciona que “En los contratos de participación de exploración y/o explotación de hidrocarburos, el porcentaje de la participación del Estado se ajustará en función del precio de referencia y el volumen de producción.” Con lo que se pretende hacer caso omiso de la Ley 42, que permitió una reconversión de la renta petrolera hacia el gobierno, lo que implicó con su aplicación que los ingresos petroleros aumentaran en casi el triple, más allá del aumento del precio del barril de petróleo. No solo basta con ajustar el precio, es necesario revisar los tipos de contrato y participación del Estado también. Actualmente el precio del barril de petróleo se encuentra en casi el doble del pronosticado en la formulación del presupuesto general del Estado. Eso permitiría que el ajuste del gasto no sea necesario. No obstante, al automarginarse de la otra fuente de ingresos estatales (impuestos y deudas no cobradas), el ingreso petrolero extraordinario no será suficiente y los préstamos serán ofertados como la única vía posible.

En conclusión, la sumatoria de los procesos contenidos en la Ley Trole 3 minan los ingresos fiscales por lo que se debe ajustar el gasto. Eso implica que el presupuesto de salud, educación, etc. será reducido. Por otra parte, también el nivel de empleo del sector público va a disminuir. Esto también afecta a la sociedad con la contratación de maestros, doctores, etc. Sin embargo, también existe la posibilidad de que los organismos de control como el SRI, Superintendencia de Control de Poder de Mercado, Superintendencia de Economía Popular y Solidaria se queden sin recursos y las posibilidades de controlar a las élites se verán reducidas, por lo que el Estado se está “haciendo daño así mismo”. Es una autoemboscada que tiene como finalidad acceder a los créditos multilaterales como única posibilidad de financiamiento, misma que no se va a revertir en gasto social sino en mantener el pago de intereses de la deuda y la tasa de ganancia de las élites empresariales.

Contenido publicado originalmente en: Revista Crisis

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