Aunque en varias alocuciones públicas los representantes del gobierno han reiterado que de ninguna manera suscribirán acuerdos comerciales de las características de un “Tratados de Libre Comercio” TLC, y que por ello han señalado que, desde la Cancillería se ha establecido un modelo propio de acuerdo exclusivo de Comercio y Cooperación, con el cual se estarían negociando nuevos Acuerdos de Comercio -como el Acuerdo de Alcance Parcial de Complementación Económica Ecuador-Guatemala suscrito en abril del 2011-; sin embargo, la carencia de información suficiente y la propia dinámica de la actual negociación comercial con la Unión Europea, en la que el gobierno ecuatoriano es el “solicitante”, generan una nube de inquietudes, que es necesario explicitarlas y debatirlas:
1.- GENERALES:
1.1.- Sobre el carácter del Acuerdo Comercial Multipartes: En correspondencia con el Art. 24 del GATT, los arreglos arancelarios y comerciales que se negociarían en el acuerdo multipartes con la UE, no se harán extensivos a terceros únicamente en el caso de que estas sean negociadas en el marco de un “Acuerdo Comercial bajo el formato de Zona de Libre Comercio o de una Unión Aduanera” . Entre tanto, en las relaciones comerciales que el Ecuador mantiene con todos los países, rige el principio de no discriminación (Artículo 1° del GATT) que incluye la Cláusula de la Nación más Favorecida y del Trato Nacional”. Por tanto el formato del Acuerdo Multipartes que entraría a negociarse es una Zona de Libre Comercio o Unión Aduanera, como la que negoció la UE con Perú y Colombia y cuyos textos servirán de piso para la negociación con Ecuador. Entonces, en estricto sentido: ¿el acuerdo multipartes es un TLC?
1.2.- Sobre las franjas Rojas para establecer la posición ecuatoriana: Para entablar las negociaciones con la parte europea, el negociador ecuatoriano debió establecer una propuesta con unas franjas rojas para cada uno de los temas de negociación. Siendo que estas propuestas llevadas a la mesa de negociación afectarán la situación y oportunidades de los diversos agentes y sectores económicos, cabe preguntar: ¿cómo se estableció la posición general de negociación y cómo se determinaron las franjas rojas?; ¿a quiénes y de qué manera se consultó para incorporar y comprometer sus intereses sectoriales en la negociación?.
1.3.- Sobre la estrategia de cambio de la Matriz Productiva: La superación del modelo primario exportador basado en la lógica de las ventajas comparativas, únicamente puede lograrse a través de la aplicación del modelo endógeno que manda la Constitución ecuatoriana que entre otras cosas implica una desinserción selectiva del comercio mundial sobre aquellos intercambios que nos obligan a mantener nuestra especialización como productores primarios y a reemplazar nuestro comercio internacional por una inserción estratégica e inteligente por aquellos intercambios que favorecen nuestro desarrollo endógeno. Sin las medidas de apoyo, protección, preferencia, etc., a favor de la producción nacional y principalmente de la industria y los servicios, las capacidades competitivas del país se encuentran en total desventaja frente a las que poseen los países de la UE y quedaría atrofiado su desarrollo económico. Entonces la pregunta que surge es ¿cómo impulsar la estrategia de cambio de la matriz productiva en el contexto de un acuerdo de multiparte de Comercio con la UE que podría golpear a nuestro sector industrial?, el mismo que, de acuerdo al censo económico 2010, tiene una obsolescencia tecnológica en el 70% del mismo.
1.4.- ¿Cuál es nuestro interés en un acuerdo comercial con la UE en este momento?: La crisis económica que atraviesan los países de la UE y las políticas neoliberales que están aplicando sus gobiernos, que contribuirán a agravar su estancamiento y desigualdad, hacen prever una muy lenta y tortuosa recuperación, similar a la llamada década perdida que experimentamos los países de AL durante los años 90. En ese contexto, es evidente que la población europea, que se nos vende como un mercado de 300 millones de consumidores, no comprará un banano más, un camarón más, una flor más, un kilo de quinua más, una fruta exótica más, etc., y muy probablemente será menos (como está ocurriendo con el banano).
Entonces, ¿será que únicamente lo que pretenden los exportadores con el acuerdo es evitar a toda costa mantener su posición en mercados debilitados, como si el suyo fuera el único interés nacional?, sin que se consideren las consecuencias que por contraparte ocurrirán con los productores y consumidores nacionales de bienes y servicios que podrían ser afectados negativa y hasta catastróficamente con el acuerdo.
Tratándose de una decisión con ganadores y perdedores como en el caso de México o de Colombia, ¿Cuál es el acuerdo nacional previo comprometido por todos los sectores productivos y sociales, con el que se negociaría?, y ¿Cuáles son las políticas comprometidas de compensación y transición para los perdedores?
1.5.- ¿Se verán dramáticamente afectadas las exportaciones si no se suscribe un Acuerdo Multipartes?: Las exportaciones ecuatorianas se sustentan en las ventajas naturales, que aunque son patrimonio de todos los ecuatorianos, se explotan individualmente por los inversionistas sin costo alguno o con un valor simbólico. Así por ejemplo, la exportación pesquera aprovecha la riqueza ictiológica de todos los ecuatorianos, con apenas un reconocimiento simbólico e insignificamente; la exportación florícola produce flores de una gran diversidad, aprovechando la luminosidad del sol que también es patrimonio nacional sin costo alguno; la exportación bananera aprovecha el recurso del agua y suelo que es de todos los ecuatorianos con un costo marginal. Es decir que los ecuatorianos apoyamos a los exportadores permitiéndoles un aprovechamiento casi gratuito de nuestros recursos naturales.
Por tanto, siendo el costo de la materia básica de nuestros actuales bienes exportables casi cero (recurso natural) y que además, a través de la inversión estatal, han disminuido los costos de la energía, transporte, portuarios y aduaneros, ¿la competitividad de los productos primarios exportables del país, no debería afectarse, aunque disminuyan relativamente las ganancias percibidas por el sector exportador?.
Adicionalmente, cabe preguntarse ¡cuál será el impacto arancelario real sobre los bienes exportables ecuatorianos de una posible suspensión del SGP-Plus y sin acuerdo comercial?:
) Situación del Banano: De acuerdo con el informe del Embajador Mentor Villagómez negociador del acuerdo multipartes suspendido en el año 2009, el acuerdo no tendrá efectos inmediatos y los aranceles se mantendrán en los términos del acuerdo que resolvió la controversia planteada por Ecuador ante la OMC, suscrito el 15 de diciembre del 2009 según el cual: i) se establece una reducción gradual de 176 euros/tonelada a 114 en un período de 8 años. Sin embargo, de no suscribirse el acuerdo multipartes, la situación de las exportaciones bananeras ecuatorianas podría afectarse a 10 años plazo, cuando se apliquen las preferencias negociadas por Colombia y Perú que les otorga un arancel de 75 euros/tonelada, es decir 39 euros/tonelada menores al arancel que entonces tendría Ecuador .
b) Situación de Otros cultivos exportables: De acuerdo con el embajador Mentor Villagómez, paralelamente al acuerdo sobre el banano, el Ecuador logró negociar a nivel multilateral condiciones favorables para la exportación de sus productos tropicales a los mercados de los países desarrollados (Australia, Canada, EEUU, Unión Europea, Islandia, Suiza, Japón, Noruega y Nueva Zelanda), en especial productos con valor agregado como mermeladas, jugos, elaborados de café y cacao entre otros, que se concretarán cuando concluyan las negociaciones de la Ronda de Doha de la OMC. De forma que estos productos, que además se producen en forma orgánica, probablemente continuarán en el SGP-Plus, además porque son “materias primas” necesarias para el desarrollo de la industria y los servicios europeos (hostelería, agroalimentos, etc.). En un momento de crisis aguda en que tienen que cuidarse los empleo “mal van actuar los gobiernos europeos, encareciendo el costo de las materias primas para sus industrias”.
c) Situación de las flores de exportación: De acuerdo con la información provista por representantes gremiales, las flores ecuatorianas compiten por su gran diversidad, que les permite insertarse en pequeños y diversos mercados donde el precio no es el principal factor de su competitividad. Es así que según Alejandro Martinez presidente de expoflores “Estamos exportando más volumen de flores a menos precio, sin las preferencias arancelarias con EEUU” . Por otra parte, dado que la actividad florícola es intensiva en insumos químicos, en caso de que cambien las reglas respecto a la liberación y uso de productos genéricos agropecuarios, los precios de costo podrían elevarse sensiblemente. Por ello, habría que valorar cuál es el impacto real que podría experimentar el sector florícola por no suscribir el acuerdo comercial con la UE.
e) Situación de los productos de mar (pescado y camarones): Las exportaciones de pescado y camarón en bruto que sirven como materia prima para la industria alimentaria europea no experimentarán mayores afectaciones arancelarias en interés de los productores europeos, para evitar el encarecimiento de sus costos productivos. Igualmente, para el caso de alimentos de mar procesados, destinados a abastecer mercados de servicios de comida, sus aranceles podrán tener incrementos bastante moderados para evitar afectaciones a la industria turística. Cabe señalar que en el primer trimestre del 2014, las exportaciones de pescado y camarón se han incrementado en más del 30% gracias a la diversificación de mercados impulsada por el gobierno.
De este breve análisis: ¿ Se puede concluir que los impactos no son tan graves como los proponen los exportadores e importadores y que en su retórica hay argumentos exagerados que podrían obedecer a razones ideológicas vinculadas a mantener el modelo productivo primario exportador en el Ecuador, del cual históricamente han sido sus grandes beneficiarios?
1.6.- Cuál es el interés de las empresas de la Unión Europea sobre el Acuerdo Comercial: De acuerdo con las cifras oficiales de la Unión Europea, del total de 2271 millones que exportaron a Ecuador en el año 2012, 2129 son productos industriales (97%) y entre ellos: 611 maquinaria y repuestos; 609 productos minerales; 306 millones productos químicos industriales; y, 109 equipos de transporte. Es decir que la mayor parte, sino la casi totalidad de las exportaciones europeas al Ecuador son insumos y maquinaria orientados a la producción nacional, y por tanto, pagan 0 (cero) arancel.
Entonces es evidente que el interés europeo radica en los sectores de compras públicas, propiedad intelectual e inversiones en recursos naturales y áreas estratégicas, sin perjuicio de su posibilidad de exportar sus excedentes agrícolas en los que tienen una superioridad competitiva muy fuerte, gracias a décadas de subsidios nacionales, vigentes hasta ahora. En estos sectores, es inexistente la capacidad de las empresas ecuatorianas de aprovechar y beneficiarse del “mercado” de las compras públicas europeas, de la protección a la propiedad intelectual de ecuatorianos o de invertir en sectores atractivos en países europeos; de manera que la ventaja de la negociación sobre estos sectores corresponderá totalmente a las empresas europeas:
a) Sobre las compras públicas: El monto global de las compras públicas realizadas por el Gobierno Central de Ecuador (sin considerar las empresas y gobiernos locales) en el año 2011 fue de más de 11.000 millones de dólares, correspondiendo la mayor parte a obras de infraestructura (hidroeléctricas, carreteras, construcciones públicas); vehículos, equipos y muebles; medicinas, insumos y equipos médicos. De acuerdo con la ley vigente de compras públicas, actualmente las empresas nacionales y de la economía solidaria tienen ventajas para intervenir en los procesos de compra pública, con medidas preferentes como reserva de mercado, puntaje adicional, exclusividad, entre otras. Además se exige que las empresas extranjeras contratadas utilicen insumos y personal nacionales y están obligadas a transferir la tecnología utilizada para alcanzar su fabricación nacional. Es decir que las compras públicas han sido el pivote principal del crecimiento económico sostenido que el país ha tenido en estos siete años.
La negociación de compras públicas en el acuerdo con la UE pone en riesgo las oportunidades preferentes de los productores nacionales, pues, por ejemplo, según las normas del Banco Mundial, en compras públicas superiores a 1 millón de dólares debe exigirse la convocatoria a licitación internacional abierta.
Entonces la pregunta que surge es ¿Cuál es el piso que se ha establecido como línea roja para precautelar los intereses de la producción nacional y garantizar la aplicación de la estrategia de cambio de la matriz productiva y cómo se hicieron los cálculos?. Si, de acuerdo con lo publicado, el piso del umbral es de apenas 500.000 ecus (aproximadamente 350.000 dólares) es evidente que la construcción nacional podría ser afectada por el acuerdo.
b) Sobre la Propiedad Intelectual: En este tipo acuerdos, el régimen de protección que suele establecerse, es el de la parte con mayor nivel de protección. Si la UE reconoce derechos de segunda y tercera generación y además protección de 5 años de datos de prueba para cada caso, estamos hablando de derechos de propiedad intelectual que podrían alcanzar hasta 75 años. Considerando que la UE tiene registradas en el 2013, 268.384 patentes (RU 599.879, Alemania 509.000, Francia 438.926) y que Ecuador tiene muy pocas patentes registradas, los ganadores del acuerdo sobre este sector serán sin duda las empresas europeas. El efecto podría ser muy grave para el caso de las medicinas y los insumos agrícolas actualmente liberados que son producidos y comercializados como “genéricos”, pues, eso pondría en riesgo la salud y la seguridad alimentaria de los ecuatorianos, además de elevar peligrosamente costos para estos y otros sectores productivos . Así mismo, la legislación ecuatoriana establece impedimentos para patentar y por ende para reconocer derechos de propiedad intelectual sobre productos sintetizados o derivados de la biodiversidad nacional y sobre conocimientos ancestrales. Si, como es el caso del 60% de las patentes sobre medicamentos, estas han sido obtenidos mediante la síntesis de productos naturales (biopiratería en muchos casos), ¿cómo se reconocerá las patentes existentes sobre esos productos?; e igualmente ¿que ocurrirá respecto a las semillas?. Pero, la pregunta fundamental entonces es ¿Cuál es la posición y las líneas rojas para la negociación del acuerdo, sin afectar la propuesta de desarrollar la sociedad del conocimiento?
1.7.- ¿Cómo sobrepasar en la negociación con Ecuador el efecto obligatorio de la Cláusula de la nación más favorecida, que podrían solicitar Colombia o Perú? De acuerdo con los textos negociados en el acuerdo multipartes sobre compras públicas, el umbral que permite a los estados de Colombia y Perú aplicar normas favorables para sus productores nacionales es de aproximadamente hasta 200.000 dólares. Si el Ecuador lograse negociar un umbral superior (al menos 30 millones de dólares), tanto Colombia como Perú podrían exigir la aplicación de la cláusula de la nación más favorecida y la UE tendría que otorgarles igual trato. Entonces, la pregunta que surge es ¿Cómo sobrepasar el efecto obligatorio de la cláusula de la nación más favorecida?
2.- SOBRE AGRICULTURA:
En consideración con el artículo 281 numeral 2 de la Constitución, que manda al Estado a adoptar políticas fiscales, tributarias y arancelarias que protejan al sector agroalimentario y pesquero nacional, para evitar la dependencia de importaciones de alimentos; existe una enorme preocupación de parte de los sectores de la agricultura familiar y de la pequeña agricultura -cuyas condiciones productivas fueron duramente golpeadas durante la larga noche neoliberal- que se encuentran en total debilidad para enfrentar la competencia de una agricultura que se ha consolidado a lo largo de décadas de gigantescos subsidios, como ha sido la europea:
2.1.- ¿Existe un estudio de mercados actualizado que, considerando la presente y aguda crisis económica que desde el año 2007 atraviesan los países de la UE, establezca cuáles son las oportunidades reales de incrementos en volumen y en cantidad de bienes agrícolas ecuatorianos exportables?, y también sobre ¿cuáles serían los riesgos de pérdidas que se producirían respecto a productos nacionales agropecuarios que ingresarían al mercado ecuatoriano (cárnicos avícolas, porcícolas, vacunos; lácteos, cereales, hortícolas, tubérculos, etc.)?. ¿Cuál es la razón por la que en nuestro país no podría ocurrir la crisis de los pequeños agricultores que está ocurriendo en Perú y en Colombia?
2.2.- Si como ha ocurrido en el caso de Colombia, a pesar de tener un acuerdo comercial bilateral vigente con EEUU (TLC), en el año 2013 sus exportaciones se han reducido en alrededor del 21% y se han incrementado sus importaciones, desmejorando su balanza comercial con ese país; ¿no sería preferible tener cautela en las negociaciones y establecer con objetividad un balance de pérdidas y ganancias potenciales?
2.3.- Se tiene un balance de los impactos reales que podría tener para las exportaciones agrícolas ecuatorianas una posible suspensión del SGP-Plus cuya vigencia se ha renovado para el presente año, considerando que productos como cacao, café, frutas tropicales y otros, podrían formar parte de las preferencias generales que la UE otorga para mantener la competitividad de su agroindustria (por ejemplo si ponen arancel al cacao, se afectaría la industria chocolatera que es muy importante, etc.).
2.4.- ¿Se ha considerado, como fue en el caso de la suspensión del APDEA, la conveniencia de un plan B para compensar a los exportadores que pudieran verse afectados por la suspensión del SGP-Plus?. ¿Cuánto podría sumar realmente la compensación para estos productos? Pues, en el caso de la compensación con EEUU el valor calculado por la medida parece ser significativamente inferior al efectivo.
2.5.- ¿El acuerdo modificará las condiciones injustas de arancel impuestas a la exportación del banano ecuatoriano?
2.6.- ¿Se eliminarán los subsidios agrícolas que los países de la UE tienen para su producción agrícola, o se mantendrían los mismos?.
2.7.- ¿Se equipararán las medidas para-arancelarias que los países de la UE aplican a las exportaciones ecuatorianas?.
2.8.- ¿Cómo se concretará el cumplimiento del precepto constitucional 281 respecto a la garantía de la soberanía alimentaria, si como ya ocurrió en el caso del NAFTA y del TLC EEUU-Colombia, estos acuerdos destruyen a la agricultura familiar que producía para garantizar y alimentar a la gente de sus países. Así, en el caso de México, en 1993, diez millones de pequeños agricultores producían y llegaban a exportar excedentes de maíz o a importar en mínimas cantidades, y, en el 2013 se importa el 95% del maíz (que además es de origen transgénico) alcanzando la cifra de 2.700 cillones de dólares.
2.9.- ¿Qué sucederá respecto a la obligación constitucional y a las normas legales previstas en la ley de Compras Públicas, en la Ley de Soberanía Alimentaria y en la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria, de otorgar prioridad, inclusive mediante reserva de mercado, a la producción nacional y en particular a la agricultura familiar, en las compras públicas de alimentos, sea en estado natural o procesados que realiza el Estado?.
2.10.- Siendo los alimentos bienes imprescindibles, cuyo monopolio genera un enorme poder de mercado en manos de quienes concentran su producción y comercialización (11 corporaciones producen el 70% de las semillas, el 45% de los alimentos y el 60% de los insumos, en el planeta), ¿cómo garantizar que la desestimulación de la producción de bienes de la canasta familiar –como ocurrió en México-, NO ponga en manos de las agroempresas el futuro de nuestros alimentos, cuyos precios se forman mediante la especulación bursátil (Ej. el trigo en el 2008 tuvo un precio de casi tres veces el precio del año 1980)
2.11.- ¿Qué sucedería con los insumos agrícolas que se utilizan en la agricultura ecuatoriana que actualmente son genéricos (más del 90% del total), y que, en la UE mantienen derechos de propiedad a favor de las empresas, por haberse encontrado segundos y terceros usos de los mismos.
2.12.- ¿Cómo se protegerá la propiedad inalienable del Estado de los recursos de la biodiversidad, frente a los derechos de la propiedad intelectual considerados en este tipo de acuerdos comerciales?.
2.13.- ¿Cómo se protegería el derecho a la libre circulación de las semillas propias, que además no son susceptibles de mercantilización, establecidos en la Constitución ecuatoriana?
2.14.- ¿Cómo sobrepasar el piso establecido en el Acuerdo Multipartes suscrito por Perú y Colombia para el sector de la producción agropecuaria, que según varios especialistas de Colombia y Perú, fue un muy mal acuerdo, cuyas consecuencias se han hecho sentir (por ejemplo a través del Paro Campesino colombiano que duró varias semanas)?
2.15.- Considerando la cláusula de la nación más favorecida establecida en la tradición del comercio internacional y que forma parte de las normas vigentes de la OMC, ¿de qué manera la UE podría ser más flexible y conceder a Ecuador más ventajas de lo que se acordó con Perú y Colombia, sin que estos países puedan demandar el otorgamiento de las mismas ventajas?
2.16.- Considerando que el Ecuador apenas posee cuatro millones y media hectáreas de tierras con vocación agrícola cuyo destino principal debe ser por mandato constitucional la soberanía alimentaria y el abastecimiento de materias primas para la producción nacional (función social y ambiental de la tierra), la UE estaría dispuesta a aceptar restricciones al derecho al acceso a la propiedad y uso de la tierra para personas no nacionales.
2.17.- La UE estará dispuesta a aceptar la prelación en el uso y aprovechamiento del agua establecidos en la Constitución, así como su condición de “derecho humano, recurso estratégico y bien público no privatizable que sólo puede ser gestionado de manera pública o comunitaria”, previstos en la misma.
3.- LA TRANSPARENCIA:
De acuerdo con la normativa internacional vigente y con el mandato de la Constitución ecuatoriana, constituye una obligación de los gobiernos y un derecho de la ciudadanía y de las diversas funciones del Estado acceder a la información y participar en los procesos que conlleva toda negociación internacional, pues, al final de la misma, SIEMPRE existirán unos ganadores y unos perdedores -que deberían al menos estar en conocimiento de su situación y garantizarse su derecho a ser compensados-. En la experiencia ecuatoriana, aún en el caso de la negociación del TLC con EEUU en el año 2004, se estableció el llamado “cuarto de al lado” para que los diversos sectores involucrados, lo medios de comunicación, las entidades estatales, etc., puedan asistir y conocer directamente sobre la dinámica de las comisiones negociadoras; sinembargo, en la presente negociación, no se ha considerado suficientemente la presencia y participación de los diferentes sectores sociales, lo cual genera una gran preocupación respecto a la transparencia del proceso.
Preocupante. YA en Perú se sienten los efectos negativos del TLC..pronto los criadores de aves y cultivadores de caña de azúcar no tendrán mercado…un experto me explicaba que los temas de propiedad intelectual y compras públcas fueron muy mal manejados,..no sabemos que es lo que están haciendo nueestros negociadores que parecen tan felices….