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lunes, noviembre 25, 2024

CLAROSCUROS DE LA REFORMA JUDICIAL EN EL ECUADOR* Por Mario Melo[1]

1. La apuesta por el cambio

Una de las decisiones políticas que mayor energía y capital político ha demandado del Gobierno del Presidente Correa ha sido la reforma a la justicia. Para “meterle la mano a la justicia”, el Presidente de la República invirtió buena parte de su credibilidad al convocar a una consulta popular para someter a la aprobación de los electores no solo la decisión de reformar el sistema judicial sino también quién estará a cargo de dicho proceso: un organismo ad-hoc de tres miembros, en reemplazo del Consejo de la Judicatura establecido por la Constitución.

La apuesta fue alta y la victoria estrecha. La aprobación popular a la pregunta 4 que se refería al tema, de un 46,1 % por el frente a un 42,5 % por el No, implicó un compromiso muy fuerte, sobre el que se generaron altas expectativas.

No se debe perder de vista que la administración de justicia ha sido, desde hace décadas, el talón de Aquiles para el estado de derecho en el Ecuador.  La imagen de los tanques militares rodeando la Corte Suprema de Justicia durante el gobierno de León Febres Cordero y las hechuras de la Pichicorte que a la a larga terminaron precipitando la caída del poder de Lucio Gutiérrez en 2005, están todavía presentes en la memoria nacional como un recordatorio de la permanente injerencia de los poderes políticos en las actuaciones judiciales.

Más recientemente,  en 2011,  el Relator de Naciones Unidas sobre ejecuciones extrajudiciales,  Philip Alston, llamó la atención  sobre las deficiencias del poder judicial que provocan alarmantes niveles de impunidad a la vez que felicitaba al Gobierno por sus esfuerzos encaminados a conseguir una reforma del sistema de justicia para lograr una mayor eficiencia.

Recuadro 1

 76. También se criticó mucho al poder judicial por su susceptibilidad al soborno y a otros tipos de influencia ilícita, en particular en los casos relacionados con la delincuencia organizada y con funcionarios. Los tribunales también fueron muy criticados por su lentitud. Un caso denunciado en 2001 no se había juzgado hasta 2010. Algunos retrasos se deben a la penuria de jueces en muchas zonas, lo que genera una cantidad de causas atrasadas que es difícil de gestionar. También se deben a que no se piden cuentas de la tramitación de las causas. Los fiscales señalaron que los retrasos eran mayores en la Corte Nacional de Justicia. A este respecto, cabe felicitar al Gobierno y al Presidente de la Corte por las recientes reformas orientadas a aumentar la eficiencia

 Informe del Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, Philip Alston. Adición Misión al Ecuador. 9 de mayo de 2011

 

En años anteriores la Corte Interamericana falló en contra del Estado Ecuatoriano en varios casos que desnudaban las enormes debilidades del sistema de justicia penal, por ejemplo en los casos Suárez Rosero (1995), Tibi (2004), Chaparro Lapo  (2007). Ahora mismo, ese tribunal se encuentra estudiando el caso que se sigue contra el Ecuador  por la destitución de los magistrados de la Corte Suprema en 2004.

Existe una percepción generalizada de debilidad institucional, de parcialidad, corrupción  e ineficiencia en la justicia ecuatoriana. Consecuentemente, los retos que debe enfrentar la reforma judicial  están vinculados, fundamentalmente, a mejorar los niveles de eficiencia, vencer la corrupción y garantizar actuaciones imparciales e independientes.

En ese contexto, el país debería estar consciente de que el trabajo del Consejo de la Judicatura de transición, durante los dieciocho meses de  su mandato sería, necesariamente, arduo y complejo, lo que se debe tomar en cuenta en el momento de evaluarlo.

2. Un intenso primer año

Habiendo transcurrido un año desde el inicio del proceso, los resultados tienen que empezar a hacerse sentir. Para Iván Escandón, delegado del Consejo de la Judicatura en Pichincha y figura clave en el proceso de reforma en una provincia de especial importancia política, el principal logro alcanzado es que la ciudadanía ha recuperado confianza  en que el sistema judicial va a resolver su situación en un plazo razonable“A la gente lo que le interesa es la eficacia y la eficiencia en la administración de justicia”, enfatiza.

Para lograr ese importante impacto positivo se ha dado prioridad al desarrollo de “un nuevo modelo de gestión bajo estándares internacionales  pero con los pies en la realidad nacional”, señala el funcionario. Ese modelo de gestión buscaría que “los Jueces y las Juezas se dediquen a su razón de ser: impartir justicia, y que el personal de apoyo asuma las tareas administrativas”, según  señala el documento de rendición de cuentas del Consejo de la Judicatura de transición al 26 de julio de 2012 (CJ, 2012).

Otro pilar fundamental de la gestión ha sido el desarrollo de la infraestructura tecnológica, para lo cual se han celebrado contratos por 5’414.661,98 USD para la entrega de 3.500 computadoras a las unidades judiciales del país, la implementación paulatina de telefonía IP, 250 salas de audio y video para las audiencias que permitan la oralidad de los juicios, video conferencias y la plataforma tecnológica 2.0 para digitalizar el trámite de las causas. (CJ, 2012)

Desde la perspectiva de la inversión pública, los esfuerzos han sido importantes. Hasta junio de 2012 se han firmado contratos por 161’088.633, 06 USD en infraestructura civil (CJ, 2012), lo cual empieza a hacerse evidente para los usuarios. Para Fernando Gándara, abogado en libre ejercicio profesional quien ha visto de cerca la realidad judicial desde hace dos décadas, la percepción de la ciudadanía ha sido, tradicionalmente, que “los juzgados son sitios sucios y desordenados” ahora, para él, los cambios en los edificios muestran mayor interés por el usuario aunque manifiesta preocupación en torno a la transparencia de los procesos puesto que, aparentemente, en cantones de reducida población se habrían gastado millones en construir “Casas de la Justicia” y se llenan de personal juzgados con poca demanda.

Precisamente los temas referidos al personal son los que mayores dudas han provocado. Así, en lo que respecta a la evaluación, la realizada en noviembre de 2011 incluyó 5.456 servidores judiciales, de los cuales 4.076 obtuvieron evaluación positiva y 1.288  evaluación negativa. Antes de llegar a este resultado, sin embargo, se han tenido 2.657 reconsideraciones resueltas y 201 pendientes (CNJ, 2012). Esto refleja que en el proceso muchos de los evaluados no salieron bien librados.  Al respecto Gándara manifiesta objeciones al proceso. Para él, las empresas encargadas de llevar adelante las evaluaciones se valieron, muchas veces, de estudiantes universitarios sin conocimiento suficientes sobre el arreglo de procesos y sin experiencia alguna respecto a lo que significa ser un juez; las pruebas psicológicas aplicadas, no exentas de subjetivismo, terminaron siendo inimpugnables. Sobre este tema parece coincidir la Veeduría Internacional sobre el proceso de reforma judicial que en su primer informe preliminar[2]  recomendaba que “la prueba psicológica o psicométrica debería ser un parámetro no vinculante en tanto y cuanto demuestre una deficiencia psicológica, debidamente acreditada con un examen adicional que permita inclusive tener una segunda opinión profesional”.

Puntualiza Gándara que sin una clara matriz de procesos no es posible una evaluación idónea de la productividad de un juzgado, y por lo tanto, klas evaluaciones realizadas parecen ser poco objetivas desde el punto de vista de los empleados evaluados.

Recuadro 2

La Veeduría Internacional sobre el proceso de reforma, identifica dentro del mapeo de problemas recurrentes en la evaluación del personal judicial:

-Falta de socialización de la reforma judicial y procesos de evaluación: así como falta de claridad en las disposiciones reglamentarias que los regulan.

-Tiempo limitado para implementar, evacuar y desarrollar los procesos de evaluación judicial;

-Falta de experiencia en la formulación de las pruebas psicométricas, con algunos errores técnicos; así como falta de experiencia en los evaluadores/as.

-Inconsistencias en la formulación del banco de preguntas teóricas; así como indebida apreciación en los parámetros de productividad; y ausencia de perfiles del cargo o puesto de trabajo para la evaluación de servidores judiciales.

Veeduría Internacional para la reforma de la Función Judicial del Ecuador. Primer Informe Preliminar. 11 de mayo de 2012

 

Los funcionarios judiciales han estado, también, sujetos a un control interno de sus actuaciones, con una intensidad mayor que duplica la  aplicada en periodos anteriores. Así, según datos del CJ, en 11 meses de su gestión se resolvieron 1.467 expedientes disciplinarios contra funcionarios judiciales, frente a 1.076 tramitados en los dos años anteriores. Los resultados de esos expedientes han incluido 314 destituciones, 233 suspensiones, 136 multas y 39 amonestaciones.

Pese a los avances, las tareas pendientes aún son enormes. Para Escandón, el cumplimiento del principio constitucional de la oralidad requiere una reforma legal así como más facilidades operativas para registrar las audiencias pero sobretodo mayores capacidades en los jueces, los actuarios y en los abogados para el litigio oral. La capacitación y la educación legal permanente a los funcionarios judiciales  así como una relación de diálogo e intercambio  entre la Función Judicial y las facultades de Derecho son prioridades evidentes.

El proceso avanzaría, además con un conjunto de reformas de la legislación procesal que busquen viabilizar el desrepresamiento de causas a través de la eliminación de trámites escriturales que retardan la administración de justicia y la asignación de jurisdicción y competencias para la resolución de causas a los conjueces de la Corte Nacional. Todo esto implica cambios en la Ley Orgánica de la Función Judicial.[3]

3.  El punto débil

Partimos del reconocimiento de la dureza de la tarea impuesta al Consejo de la Judicatura de transición para superar las inveteradas ineficacia y corrupción del sistema de justicia y señalamos los avances alcanzados. Nos corresponde pasar revista a la imparcialidad e independencia.

Una de las primeras tareas de gran envergadura que tuvo que afrontar el Consejo de la Judicatura de transición fue la selección y el nombramiento de las juezas y los jueces de la nueva Corte Nacional de Justicia. Cuando dicho proceso culminó el 26 de enero de 2012 con la posesión de los nuevos jueces, el país miró con agrado la tarea cumplida con oportunidad. Más aún cuando entre los 21 posesionados había nueve mujeres, una de ellas indígena, un buen número de profesionales jóvenes de buen perfil académico y algunos juristas experimientados, formando parte del alto tribunal en contraste con lo que tradicionalmente había sucedido con la Corte Suprema, espacio en el que circulaban pocas caras y algunos apellidos ilustres que, a menudo, dejaban de serlo tras su paso por allí. 

La Corte que iniciaba su tarea con buenos augurios tuvo, a los pocos días,  su prueba de fuego. El 15 de febrero de 2012 una de las salas de la flamante Corte Nacional resolvió el recurso de casación interpuesto en el proceso penal que por injurias se seguía en contra del editorialista Emilio Palacios, el Diario El Universo y sus directivos. Al hacerlo confirmó la polémica sentencia que había condenado a prisión al editorialista y a los directivos del periódico, imponiendo además una indemnización de cuarenta millones de dólares a favor del querellante, Eco. Rafael Correa Delgado.

La manera como fue llevado el proceso, en el que el condimento político era evidente y más aún la manera como los jueces lo resolvieron, dando la razón al Presidente de la República y concediendo su pretensiones de que se declare penalmente culpable a la persona jurídica Diario el Universo, cuando el Código Penal no contempla esa posibilidad y se condene a los querellados a una indemnización desmesurada, mostró a la opinión pública, en toda su dramática profundidad, la dependencia de la justicia frente al poder político.

A partir de entonces la Corte Nacional quedó bajo sospecha. Nada podía ser más dañino para el proceso de reforma judicial que la credibilidad de la institucionalidad naciente sufra un revés tan temprano. El Consejo de la Judicatura de transición fue directamente damnificado.

A ellos, y solo a ellos, se les atribuye la responsabilidad en el nombramiento de la nueva Corte. Las debilidades del proceso de selección quedaron expuestas y magnificadas.

Las denuncias no se han hecho esperar y uno de los espacios en las que se las ha ventilado es la Veeduría Internacional establecida por el Consejo de Participación Ciudadana y el Ministerio de Justicia, bajo la coordinación de Baltazar Garzón. El Primer Informe Preliminar de la Veeduría recoge las denuncias presentadas por el Asambleísta Andrés Páez contra las calificaciones recibidas por los jueces Wilson Merino, Mariana Yumbay y Lucy Blacio quienes aparentemente habrían recibido una calificación que no corresponde a los méritos acreditados en el concurso. Los veedores, manifiestan en su primer informe preliminar que se pronunciarán sobre estas denuncias en el informe final que presentarán en diciembre de 2012, luego de una exhaustiva investigación.

En el segundo informe preliminar de la Veeduría Internacional, presentado el 9 de agosto de 2011, se manifiesta preocupación por los mecanismos de concurso y selección de funcionarios judiciales, por la ausencia de reglas claras y únicas para los procesos, puesto que “Si bien existe un solo Reglamento de Concursos de Méritos y Oposición, Impugnación Ciudadana y Control Social para la selección y designación de servidoras y servidores de la Función Judicial… para cada concurso: a) Corte Nacional, b) Concurso denominado ‘101’ jueces; y, c) ‘313’ jueces, se han implementado diversos instructivos que modificaron al Reglamento original”.

En segundo lugar, los veedores  reiteran dudas respecto al proceso de selección de la Corte Nacional en el que las entrevistas personales, que constituye la prueba que se prestaba a mayor subjetividad, resultó ser la última a la que se debían someter los aspirantes y una de las más puntuadas. Con los puntajes de todos los aspirantes sobre la mesa, la calificación otorgada a las entrevistas, ejecutadas casi como disertaciones de tema libre, hizo la diferencia  determinando, en más de un caso, quien llegaba y quien se quedaba en el camino.

 

 Recuadro 3

10.- Proponer que la audiencia o entrevista final en el proceso de evaluación para acceso a la función judicial no sea el último acto de aquél y se reconsidere así mismo la excesiva puntuación de aquella.

Esta recomendación se sustenta tras analizar las diferentes audiencias o entrevistas en el concurso de acceso a la Corte Nacional de Justicia (CNJ). Esta entrevista fue valorada con una puntuación de 10 puntos, lo que, según el criterio de la VI, no contribuye a garantizar la necesaria transparencia y pureza del sistema de elección del más alto organismo judicial del Ecuador. La VI entiende que esta fase debe reformularse y ubicarse al inicio del concurso y con menor puntaje.

Por tanto, la cuestión planteada por la Veeduría, nada tenía que ver con la respuesta que se refiere a la evaluación psicológica, aunque en este tema se reitera que no debería ser vinculante y periódica, por los razonamientos expuestos en el primer informe preliminar.

Veeduría Internacional para la reforma de la Función Judicial del Ecuador. Segundo Informe Preliminar. 09 de agosto de 2012

 

El efecto de las denuncias, además de sembrar dudas respecto a la legitimidad de las decisiones que adopten los jueces y las jueces señaladas en caso de que efectivamente se llegue a determinar que han sido designados sin cumplir con el puntaje necesario, debilita la credibilidad de los concursos posteriores.

4. A manera de conclusión

 El proceso de reforma judicial es un imperativo nacional e histórico. El país necesita una justicia renovada para enfrentar los retos que le impone la definición constitucional del Ecuador como un estado de derecho y de justicia. Eso explica las altas expectativas generadas por el actual proceso que nace, además, con la legitimidad otorgada en las urnas por el electorado.

El año transcurrido ha mostrado un esfuerzo relevante por parte del Estado y de su brazo ejecutor para la reforma judicial. La intensidad y el volumen del trabajo desarrollado y la inversión realizada no tienen precedentes en la historia contemporánea de nuestro país. Aspectos de infraestructura y de recursos humanos han sido atendidos y la justicia comienza a mostrar una nueva cara frente a los usuarios.

Sin embargo, la inversión en capital político  hecha por el régimen en el cambio de la justicia debe, necesariamente, estar inspirado en un compromiso efectivo y eficaz para garantizar que las actuaciones judiciales no solo sean más oportunas, realizadas en escenarios más funcionales  y modernos y por una planta remozada de funcionarios, sino que sobretodo, generen en la ciudadanía confianza respecto a  que las decisiones que se adopten responderán al Derecho, a los Derechos  y a la Justicia, sin temores y sin que favorezca al poder político.

Solo con esa confianza, el esfuerzo será recompensado con un verdadero cambio revolucionario. Si ese efecto no se consigue, el dinero y la energía invertidos caerán en saco roto. Una vez más … .

* Este articulo fue elaborado gracias al apoyo de la Fundación Rosa Luxemburgo <www.rosalux.org.ec>


[1] Abogado y profesor universitario

[2] 11 de mayo de 2012

[3] Ver entrevista Dra. Tania Arias en Radio América. 15 de marzo de 2012. Disponible en http://www.funcionjudicial.gob.ec/index.php/es/saladeprensa/noticias/item/312-extracto-entrevista-a-dra-tania-arias-en-radio-am%C3%A9rica.html

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