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23 octubre 2013
El Tribunal Constitucional de Guatemala resolvió a última hora del martes conceder un amparo al exdictador José Efraín Ríos Montt, según el cual los magistrados se pronuncian (cinco votos contra dos) “de acuerdo con su planteamiento de que se le debe aplicar el decreto 8-86, que contiene la amnistía a todos los miembros de las fuerzas armadas y a los guerrilleros, sin ninguna excepción, por delitos que se hubieran cometido durante el conflicto armado interno”.
Las reacciones no se hicieron esperar. De acuerdo con el diario Prensa libre la resolución puntualiza que “los hechos atribuidos a Ríos Montt ya fueron amnistiados”, en referencia al decreto 8-86, promulgado por el entonces jefe del Estado, el general Humberto Mejía Víctores, el 10 de enero de 1985, cuatro días antes de entregar el poder a Vinicio Cerezo Arévalo, el primer presidente de la democracia en Guatemala.
Ríos Montt fue condenado en mayo de ese año a 80 años de prisión por genocidio y delitos de lesa humanidad, cometidos contra campesinos de la etnia ixil (ubicados en Quiché, al norte de Guatemala) durante su mandato de 17 meses entre el 23 marzo de 1982 y 8 de agosto de 1983. Una polémica decisión del Constitucional anuló la sentencia y ordenó un nuevo debate, previsto para marzo o abril de 2014.
El analista Manfredo Marroquín, presidente de Acción Ciudadana, recuerda que los delitos por los que se acusa a Ríos Montt “no son sujetos de amnistía”. En consecuencia, califica como “extraña y fuera de lugar” la decisión del Constitucional.
En declaraciones a EL PAÍS, Marroquín expresa su preocupación: “Este pronunciamiento hace interpretaciones que extrañan a medio mundo, toda vez que la jurisdicción del Constitucional en este campo está muy cuestionada”. El analista añade que muchas de las decisiones del alto tribunal en este campo, “hacen que sus actuaciones sean puestas en duda”.
Para el periodista Edgar Gutiérrez, quien fuera la mano derecha del obispo Gerardi en la elaboración del informe Guatemala: Nunca más, “de acuerdo a la ley de Reconciliación Nacional, en casos de crímenes de lesa humanidad no procede la amnistía”. En conversación telefónica, Gutiérrez recuerda que, cuando se firmaron los acuerdos de paz, se decretó una amnistía acotada, que excluye a crímenes como el genocidio o la desaparición forzada, que la Convención de Derechos Humanos tipifica como crímenes contra la humanidad.
Gutiérrez manifiesta su preocupación por el impacto que esta decisión pueda tener en los jueces que conozcan el proceso contra Ríos, cuanto este se reinicie a mediados de 2014. “La decisión del Constitucional deja sin materia este proceso. Es más, varias sentencias que han ocurrido en los últimos años por crímenes como desaparición forzada se ven, de hecho, alterados por esta decisión que anula el derecho a la justicia de los familiares de las víctimas del conflicto”.
El periodista Gonzalo Asturias, quien fuera jefe de prensa de Ríos Montt durante su mandato, se muestra contradictorio con respecto a este caso. “Estoy a favor de la amnistía en la medida de que es una ley vigente, pero lo mejor que pudo haber ocurrido es que esta amnistía nunca se hubiera producido y que los responsables de cada una de las muertes ocurridas tuvieran que responder ante la justicia”.
El comunicador se pronuncia porque todo delito debe ser perseguido, lo cometa quien lo cometa, sobre todo cuando el perpetrador es el Estado, y aprovecha para mandar un mensaje a los negociadores de la paz para Colombia, reunidos en La Habana (Cuba). “Deben tener mucho cuidado, para evitar los problemas que puedan surgir décadas después, como estas amnistías. Que se curen en salud, aprovechando experiencias como la de Guatemala”, concluye.