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sábado, mayo 11, 2024

ÁNGELO AYOL: TORTURA E IMPUNIDAD Por Mirella Tonato

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No existe contexto alguno en el que se pueda justificar que aquellos constitucionalmente llamados a brindar protección de los ciudadanos puedan vulnerar derechos fundamentales; sin embargo, miembros de la Policía Nacional lo hicieron durante las jornadas de protesta del 17 de septiembre de 2014 en los alrededores del Colegio Nacional Mejía, en Quito. Ángelo Ayol, un joven menor de edad estudiante de este colegio, fue víctima de detención ilegal y tortura bajo la custodia de efectivos policiales.

Ángelo en ese entonces era estudiante de cuarto curso del Mejía, del horario nocturno, salía de clases cuando escuchó gritos y silbidos fuera del Colegio; se despidió de dos de sus amigos y continúo solo su camino a tomar el transporte público que lo lleva a su casa, pero se percató que varios policías se movilizaban tras él y lo interceptaron, proporcionándolo varios golpes y patadas, lo atropellaron con una motocicleta policial en su brazo izquierdo y su pierna izquierda; mientras lo insultaban e intimidaban. Dos miembros del efectivo policial colocaron a Ángelo en la motocicleta de uno de ellos y a la fuerza lo trasladaron a la Unidad Policial Comunitaria (UPC) del sector de La Basílica, en el centro histórico de Quito; durante el trayecto le dieron golpes en las costillas y en la cabeza, provocándole la pérdida del conocimiento.

Una vez en la UPC las agresiones continuaron y se le roció gas lacrimógeno en la cara, finalmente lo hirieron con un esferográfico en la cabeza provocándole varias lesiones.

Ángelo fue trasladado a la Unidad de Flagrancia donde continuó detenido hasta que se dispuso su traslado al Hospital Eugenio Espejo para ser atendido de manera inmediata tras observar la gravedad en la que se encontraba como causa de las lesiones y heridas de las que fue víctima por parte de los policías.

Tras estar dos días internado, Ángelo salió del hospital con el diagnostico de sufrir  traumatismo cráneo encefálico y politraumatismo; además de las heridas profundas en la cabeza producto de los pinchazos del esferográfico. Al ver esto, sus padres emprendieron un batalla legal contra los responsables, sin saber lo que implicaría esta lucha, ya que la familia Ayol Barros debía también afrontar la rehabilitación física en respuesta de las heridas y secuelas que dejó la tortura; así como también la rehabilitación psicológica para que Ángelo pueda sobrellevar y sobreponerse ante las afectaciones a nivel de la psiquis que dejó la tortura.

El camino de la impunidad

El proceso de Ángelo Ayol inició en octubre del 2014 y ahora es un expediente con más de 1.000 hojas en las que constan diversas diligencias practicadas dentro del caso que ha pasado por las manos de tres fiscales distintos. Actualmente, el proceso se encuentra a cargo de la Dirección de la Fiscalía de la Comisión de la Verdad y Derechos Humanos y está en la fase de apelación de la resolución de juez de primera instancia que sobreseyó a los dos policías procesados en la audiencia preparatoria de juicio por el delito de tortura a un menor de edad.

En efecto, el martes 10 de octubre del 2017, se desarrolló la audiencia preparatoria de juicio. El Fiscal del caso y la defensa de Ángelo solicitaron al Juez de la Unidad Judicial Penal, Giovanny Freire, llamar a juicio a dos miembros de la Policía por el delito de tortura, haciendo alusión a los estándares nacionales e internacionales relativos al delito de tortura que señalan que el Estado no puede pretender que toda la prueba corra por parte de los demandantes considerando que es él quien tiene el control sobre los medios probatorios, además que no se puede esperar exactitud total en los relatos de las víctimas de tortura, por la situación de peligro y vulnerabilidad a la que fueron sometidas, sin significar que se deba desvirtuar sus argumentos y también identifica que para que un acto se pueda catalogar como tortura debe provocar en la victima pena o sufrimiento grave ya sean físicos o mentales, como lo son en el caso de Ángelo.

Para la defensa de los policías, estos argumentos no son válidos, pues alegaron durante toda su intervención que en la noche de septiembre del 2014, sus defendidos actuaron respetando los derechos.

El fiscal David Bermeo Tapia dijo, que de las diligencias que se llevaron a cabo se desprende información relevante como la ruta de las motocicletas del efectivo policial y se verifica los actos de tortura realizados en la UPC de La Basílica que se pueden corroborar por medio de los exámenes médicos. Por su parte, la defensa de los procesados refutan el alegato de fiscalía diciendo que hay inconsistencias en las versiones de la víctima y, que sus defendidos, es decir los policías solo cumplían órdenes de sus superiores. Además, fueron enfáticos en señalar que Ángelo practicaba taekwondo con lo que se presumía hubo enfrentamiento con los policías, lo que motivó su detención. Ignorando claramente que el joven, de 17 años en ese entonces,  intentó practicar este deporte cuando tenía 6 años y lo dejó.

Tras analizar los argumentos considerar de si puede o no llamar a juicio, el Juez decidió dictar autos de sobreseimiento para los dos policías que se encontraban siendo procesados, motivando su decisión en que, si bien existe tortura, no existe el nexo entre lo sucedido con los procesados, por lo que no se puede determinar responsabilidad de los mismos. Curiosamente es el mismo argumento usado en la caso de la cárcel de Turi, en donde incluso se tienen videos de la tortura ejercida por miembros de la policía sobre detenidos de ese centro carcelario.

Con esta resolución se ignora lo que han manifestado tribunales internacionales sobre cómo se debe proceder en los casos de tortura y evitando hacer un análisis exhaustivo sobre lo sucedido a Ángelo, además, de que no se tomó en consideración que cuando son casos de tortura, la carga de la prueba le corresponde al Estado en virtud de que la información de lo sucedido se encuentra en poder del agresor, mas no de la víctima.

Dentro de la lectura de la resolución del magistrado, también resaltó que existió una deficiencia en la actuación de Fiscalía, por considerar que no se vinculó a otros miembros de la Policía que habrían intervenido también en la ejecución de los hechos. Esto quiere decir que el juez se contradice en su decisión, pues considera que a lo mejor no son solo los dos policías procesados, sino que hay otros, pero se inhibe de acusarlos.

Buscando justicia

Ángelo Alexander Ayol Barros ahora es un joven de 20 años que se dedica al tatuaje artístico y emprendió su propio negocio. Cuenta de manera incondicional con el apoyo de sus padres Bolívar Ayol y Alicia Barros, pero también de amigos y familiares que  han estado junto a él en esta lucha.

A más de emprender nuevas actividades que le permitan mejorar sus destrezas en el arte del tatuaje artístico, ha asumido el proceso legal también como una parte de su vida, pues recorre la Fiscalía y los tribunales en busca de justicia. Su proceso fue llevado a la Corte Provincial, segunda instancia que analizará la resolución del juez que sobreseyó a los dos agentes activos de la Policía Nacional.

Analizar la situación de Ángelo nos lleva a preguntarnos qué es lo que estamos haciendo mal para que la institución a cargo de nuestra protección sea la autora de estos actos inhumanos, sin que de parte de la sociedad ecuatoriana haya una respuesta y, al contrario, no se inmute y haga caso omiso al cometimiento de estos actos. Ángelo, no solo fue detenido ilegalmente sino que fue víctima de los agentes de la Policía Nacional, que no lo cuidaron ni garantizaron su bienestar, más bien lo torturaron a la vista y paciencia de un Estado que hasta la fecha se niega a ver estos actos de tortura.

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