09 junio 2014
Hace unos días causó polémica la investigación realizada por diario El Universo sobre el contrato que mantiene,desde el 13 de mayo pasado, la Superintendencia de Comunicación (Supercom) con las empresas de monitoreo: Estadística y Servicios de Control Publicitario (Escopusa) e Información de Medios (Infomedia). El objeto de dicho contrato, es la prestación de servicios para el monitoreo de los medios de comunicación.
Para la Supercom, este tipo de medidas se enmarca en legitimar y justificar su existencia como institución reguladora, además de sancionar a los medios de comunicación que supuestamente incumplan con lo establecido en la Ley Orgánica de Comunicación (LOC) y su Reglamento.
Sin embargo, ¿es la Supercom la única institución que hace uso de los servicios que ofrecen las empresas de monitoreo de medios? Instituciones como el Banco Central del Ecuador y otras, también mantienen contratos con Escopusa para el monitoreo de las noticias que generan y que son publicadas por los medios de comunicación. Cabe mencionar que son las instituciones contratantes del servicio las que presentan un temario a las empresas de monitoreo para que estas den seguimiento semanal y mensual del mismo. Por su parte, la empresa contratada presenta la lista de medios de comunicación a los cuales tiene acceso, la mayoría son los principales medios de comunicación de las capitales de provincia del país.
Adicionalmente, cuando la institución contratante lo requiere, la empresa de monitoreo de medios puede dar seguimiento a temas adicionales que serán presentados a través de informes especiales. Por ejemplo, declaraciones de los actores políticos de oposición sobre la gestión de las instituciones gubernamentales, o sobre quienes las dirigen. ¿Qué contienen estos informes? Básicamente, el nombre del medio que publicó o difundió la información; el titular de la noticia, entrevista, o artículo de opinión; el link de descarga con el tiempo que duró la información (en el caso de los medios audiovisuales), y la extensión (en el caso de los medios impresos); también se presenta un breve extracto de la información.
Según lo mencionó diario El Universo, en referencia a lo establecido en el contrato con Escopusa, esta empresa debe “almacenar, clasificar, categorizar, parametrizar” la producción mediática que, tras ser analizada, podría motivar “el desarrollo de procesos de investigación, vigilancia, control y verificación de la información”, en el caso de que se incumpla la Ley Orgánica de Comunicación . Sin embargo, aunque la empresa de monitoreo pueda realizar el análisis de la información solicitada por la institución, el mismo sería descontextualizado porque Escopusa, por citar un ejemplo, simplemente presenta la información en bruto, y su categorización y clasificación se circunscribe a las fechas de publicación y el tema. La clasificación de actores coyunturales y estructurales e incluso el impacto que puede tener la información en los medios de comunicación forma parte de los “análisis” jurídico-comunicacionales de la Supercom, pues los mismos deben estar apegados a la línea política dictada por quienes ostentan el poder.
A estas empresas de monitoreo se suman las denuncias de los ciudadanos “independientes” que “representan”, o al menos dicen representar, a la sociedad civil. Son ellos quienes hasta hace unos meses han cumplido el papel de las empresas de monitoreo, ya que presentan denuncias en momentos claves para la coyuntura política del país. Por ejemplo, en medio de la recolección y verificación de firmas del Colectivo Yasunidos para viabilizar el llamado a Consulta Popular y no explotar el crudo del Yasuní, la organización Silueta X entró a formar parte de la opinión pública al denunciar a los programas: Vivos, Mi Recinto, y la Pareja Feliz pordiscriminación, exclusión, machismo, sexismo y racismo.
Ahora, cuatro medios de comunicación impresos son sentados en el banquillo de los acusados porque los diarios El Comercio, La Hora, El Universo y El Hoy, según Carlos Vera Quintana (denunciante), no difundieron “en espacio suficiente y detalladamente” la visita del Presidente Correa a Chile. Este argumento se enmarcaría en el Art. 18 de la Ley Orgánica de Comunicación sobre la prohibición de censura previa.
Sin embargo, por fuera de los torcidos argumentos legalistas, cabe preguntar ¿está normado en la Ley y su Reglamento el espacio que deben otorgar los medios impresos y audiovisuales al Presidente? ¿Acaso las cadenas nacionales, costosas y en amplia duración, no son las encargadas de informar a lujo de detalle sobre las actividades del Mandatario? ¿Los medios de comunicación públicos, privados y comunitarios, deben informar o hacer propaganda política con la figura del Presidente? Los medios públicos ya hacen esto, y lo complementan con el trabajo que realizan los medios gubernamentales como El ciudadano, en cualquiera de sus formatos: impreso, radial o televisivo.
Finalmente, quedan algunas inquietudes sobre los temas tratados. ¿Cuántas y cuáles son las instituciones del Estado que mantienen contratos con empresas como Escopusa para monitoreo de medios?, ¿Desde cuándo las instituciones del Estado mantiene contratos con empresas de monitoreo de medios? ¿Qué temáticas y, sobre todo, qué actores políticos de oposición son los que reciben mayor seguimiento en sus declaraciones?
De igual manera, es necesario develar los posibles vínculos entre las organizaciones y personas denunciantes con el actual Gobierno, sus funcionarios y el movimiento Alianza País. Esto va de la mano con sus aspiraciones políticas. Recordemos que Diane Rodríguez fue candidata a asambleísta por el movimiento Ruptura de los 25 para las elecciones de 2013. Posteriormente, se conviertió en una aliada estratégica del Gobierno para avalar el “discurso de derechos”.