Con la novedad señor ministro, usted que es general, me cuadro desde aquí. Le enviamos un informe del estado de excepción y de todo lo que hemos hecho en este tiempo para que usted le informe al señor presidente toda la información que ahorita le estoy informando. Drogas, radares, armas y demás. En primer lugar, hay una preocupación de la tropa porque nunca se les explicó qué significa estado de excepción. Ellos piensan que eso es sacarles de turismo para que conozcan el país sin excepción alguna.
Una sociedad sometida a la crueldad del sistema de la acumulación y la ganancia ilimitada de un grupúsculo de sujetos que condenan a la miseria a millones de personas privadas de alimento, salud, educación, vivienda y trabajo, tiene un Estado que ha declarado el “estado excepción” como norma.
El filósofo político nazi, Carl Schmitt, estableció en Teología Política la continuación entre soberanía y Estado de Excepción (2009). Giorgio Agamben critica a los juristas y expertos en derecho porque nunca consideraron al Estado de Excepción como un problema jurídico, sino como una cuestión de hecho (quaestio facti); de este modo explicaron que el estado de necesidad del Estado de Excepción no puede tener forma jurídica. El Estado de Excepción fue colocado junto a la guerra civil, la insurrección y la resistencia en la grieta de la indecibilidad de lo jurídico y lo político. El Estado de Excepción, expone Agamben, se convierte en la contradicción de la forma legal, porque suspende los derechos (Agamben, 2019). El Estado de Excepción abandona la vida en manos de las leyes. El gobierno de Hitler fue un Estado de Excepción de 12 años, concluye Agamben, y esta práctica pasó a los Estados democráticos modernos.
La suspensión de garantías en un verdadero régimen constitucional es una excepción transitoria a la regla del Estado de derecho que defiende y garantiza los derechos humanos fundamentales y, además, una excepción perfectamente acotada en cuanto a su alcance, anotaba Mauro González Luna, en el semanario mexicano Proceso, a propósito de los límites que deben observar las democracias liberales cuando invocan los estados de excepción.
En Ecuador ya no es importante discutir si existieron o no motivos suficientes para justificar la declaratoria de un estado de excepción ante el covid-19, sino cuál ha sido su uso en concreto, si observamos que la actual crisis sanitaria acontece en medio de una crisis política, económica y social que viene arrastrándose desde el mes de octubre.
Enojados estamos porque no podemos salir a los trabajos, repudian el paro porque defienden la subida de la gasolina, tuiteros y tuiteras piensan que...
El estado de emergencia es inconstitucional, inconvencional y pone en serio peligro la vida, la integridad y la libertad de las personas en Ecuador,...
La Jornada <www.lajornada.unam.mx>
25 julio
2014Cuando se trata de manifestaciones todos son culpables hasta que se demuestre lo contrario, reflexiona el Coletivo Intervozes acerca del...