Mayo 17 de 2017
Tanto las Fuerzas Armadas como la Policía Nacional se han caracterizado por brindar seguridad y protección al presidente de la República y demás autoridades en Ecuador. Sin embargo, esto cambió. Con 71 votos afirmativos, 25 negativos y 41 ausentes se aprobó la creación de un Servicio de Protección Pública (SPP) que brindará seguridad a las autoridades del Estado; es decir, se creó una entidad de carácter civil, especializada, profesional y técnica para la protección interna y seguridad ciudadana que podrá hacer uso de medios “disuasivos y coercitivos” y actuará con el debido cuidado y precaución en el empleo, “uso o manejo del armamento”, cumpliendo con la normativa de la materia. Así lo establece el Código de Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público que contiene IV libros y 305 artículos y fue aprobado en el pleno de la Asamblea Nacional, el miércoles 10 de mayo de 2017.
A un día de que culmine el período de legislación 2013 – 2017, la bancada de Alianza País (AP) llevó al Pleno de la Asamblea Nacional está ley cuestionada por su libro III que contempla la creación del SPP. El cuestionamiento no solo era de la oposición sino también de la bancada de AP que, el mismo día de la votación en el Pleno, se reunió durante tres horas antes del debate para medir el apoyo al Código.
Esta división de AP no solo fue notoria en el Pleno, sino que se avivó en los últimos meses en la Comisión de Relaciones Internacionales que trabajo el texto durante seis años. El 8 de mayo de 2017, Fernando Bustamante, ex legislador de AP; Verónica Rodríguez, de AP- Unión Primero; Milton Gualán, de Pachakútik; y Diego Salgado, de Creo, votaron en contra del libro III que formó parte del informe para el segundo debate del Código. Mientras, que los asambleístas del oficialismo María Augusta Calle, Dora Aguirre, Eduardo Zambrano, María Vela, Rocío Valarezo e Irma Gómez votaron a favor.
Según Zambrano, este grupo civil “no es una fuerza de choque, una fuerza armada o una fuerza pretoriana, sino que es un servicio de protección civil que hará uso de instrumentos disuasivos y coercitivos”.
Con este criterio discrepa Bustamante que asegura que no se puede crear un servicio de protección a dignidades sin el uso de armamento. “Para la protección del Presidente cuando hablamos de medios disuasivos no estamos hablando de buenas razones, estamos hablando de armas, no importa cómo se le frasee, se está hablando de armas – dice el ex legislador de AP- (…) sino portan armas obviamente carecen de toda eficacia, no se pueden enfrentar con las manos en los bolsillos a un terrorista”.
Esta no es la única objeción que tiene el Código. Según el artículo 158 de la Constitución, en el país existen dos instituciones de protección de los derechos, libertades y garantías de los ciudadanos y estás son las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, por lo tanto crear una nueva institución sería inconstitucional. Así lo asegura el asambleísta de Creo, Diego Salgado.
Para Verónica Rodríguez, asambleísta de AP, no hay sustento legal para crear un servicio civil de protección porque la Constitución es clara e indica que la protección a los ciudadanos y al Estado es responsabilidad de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas.
¿Servicio de Protección Público para quién?
Este grupo civil especializado que dependerá del Ministerio del Interior estará a cargo de la seguridad y protección del Presidente y Vicepresidenta de la República; los candidatos o candidatas calificados a la Presidencia y Vicepresidencia de la República; las máximas autoridades de las demás funciones del Estado y para las personas en razón de su perfil y análisis de riesgos, por la función o calidad que ostentan, de acuerdo a lo previsto en el respectivo reglamento de este Código ley. Además, velará por la protección de las sedes de las funciones Ejecutiva, Legislativa, Judicial, Electoral y de Transparencia y Control Social.
Cada tres meses, los miembros del Servicio de Protección Pública deberán rendir cuentas ante la Comisión de Relaciones Internacionales de la Asamblea Nacional.
Gastos y capacitación para los civiles
Según el informe para segundo debate del Código de Entidades, se calcula que el nuevo Servicio de Protección Público demorará alrededor de 10 años aproximadamente para concluir la fase de transición de funciones entre el personal de la Policía Nacional y Fuerzas Armadas que prestan servicios de protección. Mientras, que su gasto anual por conceptos de capacitación, manutención y equipamiento para el personal del Servicio de Protección Público que se realiza en los 3 primeros años será de USD$15.186.133.
A partir del décimo año de existencia de la institución, el gasto promedio se estabilizará en USD$16.461.800. Así fue recogido y aceptado en el Dictamen Favorable que emitió el Ministerio de Finanzas.
¿Ecuador está preparado para un servicio de protección civil?
No. Es la respuesta tajante del ex jefe de las Fuerzas Armadas y ex asambleísta, Paco Moncayo, que asegura que el Ecuador no está en la madurez política para tener civiles armados. Si el país viviera en una democracia, aun así sería difícil crear cuerpos civiles al servicio de un gobierno de turno, pero en el país no hay democracia. Moncayo considera que todos los poderes: legislativo, judicial, participativo, electoral y ejecutivo han sido tomados y por eso es necesario que estos poderes del Estado funcionen con autonomía.
Para él, “la creación de este servicio con cualquier gobierno si es que no hay una democracia plena sería peligroso”. Más aún, cuando este grupo civil, según Moncayo, estaría conformado con gente del partido del gobierno de turno. “La gente ideológicamente armada mata a favor de su ideología, el Ejército y la Policía trabaja en función de la nación”.
Para Ricardo Camacho, experto en seguridad, “las autoridades no han pensado en formar grupos armados sino en organizar un ente profesional” como lo tiene Estados Unidos con un Servicio Secreto conformado por ciudadanos que ponen en riesgo su vida para proteger al Presidente de la nación.
La clave para implementar este servicio, según Camacho, está en el perfil de los servidores. “No deben tener fijación política ni de ningún partido, ni deben ser izquierda ni derecha (…) Esta ley no se debe a un proyecto político sino a la nación”.
Además, de esta precisión, Camacho asegura que la implementación será más complicado que la aprobación de la ley. Su argumento: es que en Ecuador no existe una ley que regule el uso progresivo de la fuerza ni armas letales. “Quién va definir cuándo se debe utilizar gas o tolete – dice Camacho”. Este vacío legal preocupa al experto.
Ahora el Ejecutivo tiene la última palabra respecto al Código, ya que lo puede aprobar, vetar parcial o totalmente, mientras los 1.200 miembros de la Policía y las Fuerzas Armadas encargadas de brindar seguridad a las autoridades del Estado continuarán en sus labores.