EL PARO O LA HUELGA COMO EXPRESIÓN DEL DERECHO A LA RESISTENCIA
Henry Llanes*
Cuando las acciones humanas se direccionan por el camino de la razón, se suele decir que, “la razón no pide fuerza”, pero cuando la razón no tiene cabida en conductas autoritarias entonces hay hacer uso del “derecho a la resistencia”, a las manifestaciones no violentas.
En casi cinco años de mandato, el régimen de Correa ha impuesto decisiones que han afectado la voluntad de las personas. El último ejemplo es la “renuncia obligada” que acaba de aplicar a los servidores públicos sin observar disposiciones constitucionales que está obligado a cumplir, como “erradicar la pobreza” e “impulsar el pleno empleo y la eliminación del subempleo y del desempleo” (artículos 3 y 326 de la Constitución de la República”).
La “renuncia obligada” impuesta por el régimen bajo acciones de intimidación psicológica, es decir mediante el uso de la fuerza, contrarían aquellas disposiciones constitucionales, porque dichas acciones fomentarán precisamente la pobreza en vez de erradicarla, porque generarán desempleo y subempleo en vez de eliminarlos.
Frente al poder de la fuerza, la única alternativa que queda a las ciudadanas y ciudadanos del país es el “derecho a la resistencia”, cuya acción está facultada en la Constitución de la República.
Art. 98.- “Los individuos y los colectivos podrán ejercer el derecho a la resistencia frente a acciones u omisiones del poder público o de las personas naturales o jurídicas no estatales que vulneren o puedan vulnerar sus derechos constitucionales, y demandar el reconocimiento de nuevos derechos”.
Art. 326, numeral 14.- “Se reconocerá el derecho de las personas trabajadoras y sus organizaciones sindicales a la huelga: Los representantes gremiales gozarán de las garantías necesarias en estos casos. Las personas empleadoras tendrán derecho al paro…”
La “renuncia obligada” impuesta por el régimen en contra de los trabajadores del Estado mediante un “decreto ejecutivo”, viola disposiciones constitucionales y de convenios internacionales respecto al derecho al trabajo. Peor aún, estos derechos han sido violados a través del uso de la fuerza, obligando a los/as trabajadores/as que presenten la renuncia en contra de su propia voluntad.
En democracia el régimen es producto de la de la voluntad del pueblo, del consentimiento del pueblo, pero eso no significa que el régimen tiene una “patente de corso” para hacer lo que le da la gana. El régimen está sujeto a un marco de acción previsto en la Constitución de la República, a leyes y decretos que no tiene derecho de transgredir.
Gobernar no significa imposición, no significa abuso de confianza, no significa gobernar con decretos arbitrarios, ni destruir, esclavizar o empobrecer a las personas.
La imposición no es una acción democrática ni pluralista, por lo tanto, el “derecho a la resistencia” es una acción que debe desarrollarse, ya sea por el camino de la huelga o del paro.
* Ex – dirigente de los trabajadores petroleros (1993-1998)
Creo que al Gobierno le falta hacer lo mismo en instituciones que aún son de oropel como Petroecuador. El pueblo está esperando aquello