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VIGILAR A LOS CIUDADANOS. por Farith Simon.

El Comercio www.elcomercio.com  

01 julio 2013

Estados abiertos, cerrados, democráticos, ‘progresistas’, vigilan a los ciudadanos. Algunos lo hacen en nombre de la lucha contra la delincuencia organizada, otros apelan a la defensa de la seguridad nacional. De acuerdo con las normas de derechos humanos es posible que los Estados, de manera excepcional, vigilen a determinadas personas, siempre que cumplan con algunos requisitos: debe estar previsto por una ley, autorizado por un juez cuando verifique que la medida es necesaria y proporcional en vista de las circunstancias del caso concreto y, tener una finalidad legítima (los derechos de los demás, la seguridad de todos y las justas exigencias del bien común en una sociedad democrática).

La vigilancia, lícita o ilícita, se ha incrementado en proporción directa a la mejora de la tecnología, reducción de costos y capacidad de procesamiento que permite manejar volúmenes inmensos de información; además de las prácticas ‘tradicionales’ de interceptación y captación de llamadas telefónicas o apertura de la correspondencia, hoy es posible, monitorear el Internet y seguir millones de transacciones económicas.

Snowden, gracias a quien se ha reactivado el debate privacidad/seguridad, no es funcionario público, periodista, activista por los derechos ciudadanos o un anti-Estado, es un informante (usando una palabra con una carga emotiva positiva) o soplón (usando una palabra con carga emotiva negativa). Gracias a su delación se confirmó que el Gobierno de los Estados Unidos tiene un programa de espionaje de amplio alcance, que viola claramente el derecho a la vida privada, el secreto de correspondencia y las comunicaciones de millones de personas, incluso fuera del territorio de ese país.

En el Ecuador es posible la vigilancia de comunicaciones privadas, hay normas. Un ejemplo, que va más allá de la investigación de los delitos comunes, es el de la Ley Orgánica de Seguridad Pública que autoriza a la Secretaría Nacional de Inteligencia a ejecutar actividades de obtención y análisis de información para garantizar, entre otros -dice la ley- la seguridad pública y del Estado y del buen vivir; la integridad e independencia del Estado, el estado de derechos y de justicia; sus instituciones y la prevención del crimen organizado.

Cualquier organismo de inteligencia puede, como parte de sus operaciones encubiertas, retener, abrir, interceptar o examinar documentos por cualquier medio, para ello deben solicitar, de forma reservada, una autorización judicial; la petición puede ser negada, motivadamente, por ‘impertinencia o por afectación grave a los derechos de los sujetos sobre quienes se ejerce la operación encubierta, o por considerar que tiene por único objetivo el beneficio político del requirente’.

Es decir, los que pueden limitar este poder atribuido a todos los ‘organismos de inteligencia’ son los jueces, los de la ‘revolución’ de la justicia.

Este contenido ha sido publicado originalmente por Diario EL COMERCIO en la siguiente dirección: http://elcomercio.com/farith_simon/Vigilar-ciudadanos-FarithSimon_0_947905264.html.

 

Vigilar a los ciudadanos Tiempo de lectura: 2′ 56” No. de palabras: 480 Farith Simon Lunes 01/07/2013 Estados abiertos, cerrados, democráticos, ‘progresistas’, vigilan a los ciudadanos. Algunos lo hacen en nombre de la lucha contra la delincuencia organizada, otros apelan a la defensa de la seguridad nacional. De acuerdo con las normas de derechos humanos es posible que los Estados, de manera excepcional, vigilen a determinadas personas, siempre que cumplan con algunos requisitos: debe estar previsto por una ley, autorizado por un juez cuando verifique que la medida es necesaria y proporcional en vista de las circunstancias del caso concreto y, tener una finalidad legítima (los derechos de los demás, la seguridad de todos y las justas exigencias del bien común en una sociedad democrática). La vigilancia, lícita o ilícita, se ha incrementado en proporción directa a la mejora de la tecnología, reducción de costos y capacidad de procesamiento que permite manejar volúmenes inmensos de información; además de las prácticas ‘tradicionales’ de interceptación y captación de llamadas telefónicas o apertura de la correspondencia, hoy es posible, monitorear el Internet y seguir millones de transacciones económicas. Snowden, gracias a quien se ha reactivado el debate privacidad/seguridad, no es funcionario público, periodista, activista por los derechos ciudadanos o un anti-Estado, es un informante (usando una palabra con una carga emotiva positiva) o soplón (usando una palabra con carga emotiva negativa). Gracias a su delación se confirmó que el Gobierno de los Estados Unidos tiene un programa de espionaje de amplio alcance, que viola claramente el derecho a la vida privada, el secreto de correspondencia y las comunicaciones de millones de personas, incluso fuera del territorio de ese país. En el Ecuador es posible la vigilancia de comunicaciones privadas, hay normas. Un ejemplo, que va más allá de la investigación de los delitos comunes, es el de la Ley Orgánica de Seguridad Pública que autoriza a la Secretaría Nacional de Inteligencia a ejecutar actividades de obtención y análisis de información para garantizar, entre otros -dice la ley- la seguridad pública y del Estado y del buen vivir; la integridad e independencia del Estado, el estado de derechos y de justicia; sus instituciones y la prevención del crimen organizado. Cualquier organismo de inteligencia puede, como parte de sus operaciones encubiertas, retener, abrir, interceptar o examinar documentos por cualquier medio, para ello deben solicitar, de forma reservada, una autorización judicial; la petición puede ser negada, motivadamente, por ‘impertinencia o por afectación grave a los derechos de los sujetos sobre quienes se ejerce la operación encubierta, o por considerar que tiene por único objetivo el beneficio político del requirente’. Es decir, los que pueden limitar este poder atribuido a todos los ‘organismos de inteligencia’ son los jueces, los de la ‘revolución’ de la justicia.

Este contenido ha sido publicado originalmente por Diario EL COMERCIO en la siguiente dirección: http://elcomercio.com/farith_simon/Vigilar-ciudadanos-FarithSimon_0_947905264.html. Si está pensando en hacer uso del mismo, por favor, cite la fuente y haga un enlace hacia la nota original de donde usted ha tomado este contenido. ElComercio.com

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