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BLOQUE 31: ¿SENDERO ECOLÓGICO O CARRETERA PETROLERA? por Tegantai

Agencia Ecologista www.agenciaecologista.info
05 de Junio 2014

 

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Un grupo de cuatro científicos internacionales determinó que la estatal petrolera Petroamazonas no cumple con los parámetros del Estudio de Impacto Ambiental para la explotación de crudo en el Bloque 31, dentro del Parque Nacional Yasuní, ya que actualmente se encuentra abierta una carretera de al menos 20 kilómetros, hasta la frontera misma del área intangible.

En una rueda de prensa convocada la tarde del pasado miércoles 4 de junio por la Universidad Andina Simón Bolívar, Mássimo Di Marchi, científico italiano que encabezó esta investigación señaló que amediante la observación de varias imágenes satelitales el grupo de científicos llegó a la conclusión que dentro del Parque Nacional Yasuní la carretera abierta llega a tener en algunas partes, hasta 60 metros de ancho, que es mucho más de los 10 metros señalados por el EIA; agregan que mediante estas imágenes se ha logrado detectar la apertura de una cantera cuya operación no constaba dentro del mismo Estudio de Impacto Ambiental.

Las imágenes satelitales de muy alta resolución, tomadas en septiembre del 2013 confirman que Petroamazonas está utilizando líneas de flujo como camino de acceso, que incluyen estructuras permanentes, puentes y drenajes; que el derecho de vía (DDV) promedio dentro del Parque Yasuní es 26 metros de ancho, es decir, 2,5 veces mayor al aprobado por el EIA; también concluyen que menos del 6% de la vía de acceso al parque es inferior a los 15 metros de ancho; finalmente indican que la deforestación total del área es de 63,64 hectáreas, lo que significa un 34,4% más que las 47,33 aprobadas por la licencia para el aprovechamiento forestal.

Di Marchi señala que si no existe una mejor supervisión a las operaciones de Petroamazonas de parte de las autoridades del sector, con lo que se ha demostrado en la actualidad, no se puede confiar en que la explotación de Tambococha y Tiputini, se apegue a la licencia autorizada por el Ministerio de Ambiente ni al Decreto Ejecutivo que la autoriza.

 

DESCARGUE AQUÍ EL INFORME:  http://www.agenciaecologista.info/images/stories/YasuniInformeBloque31FIN075.pdf

 

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