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domingo, diciembre 22, 2024

EL COMITÉ DESC SE PRONUNCIA SOBRE EL ECUADOR: CONSULTA Y CONSENTIMIENTO FRENTE A ACTIVIDADES EXTRACTIVAS. Por Mario Melo[1]

10 de diciembre de 2012

 

El 30 de noviembre de 2012, el Comité de Derechos Económicos y Sociales de las Naciones Unidas hizo público sus Observaciones Finales al Tercer Informe del Ecuador sobre el cumplimiento del Pacto Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales[2]. Este instrumento internacional tiene su importancia en la medida de que proviene de un organismo internacional encargado de la supervisión del cumplimiento por parte de los Estados, de sus obligaciones internacionales derivadas de un pacto internacional. Sus observaciones sirven como llamado de atención, por parte del Sistema Universal de Protección de Derechos Humanos, respecto a los avances y limitaciones observadas respecto al cumplimiento del Pacto y buscan orientar las políticas públicas que se implementen en el respectivo país.

Estas recientes Observaciones tienen, en el contexto ecuatoriano actual, una importancia capital pues abordan algunos temas que son materia de un intenso debate en la coyuntura, sobre los cuales, el Gobierno Nacional ha tomado un posicionamiento político muy fuerte.

El primero de estos temas relevantes es el del derecho a la consulta y al consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas frente a decisiones estatales que afecten sus territorios y sus derechos. El Gobierno del Presidente Rafael Correa, cuya política económica ha mostrado tener como prioridad la ampliación de las fronteras extractivas de hidrocarburos y minería, viene sosteniendo que la consulta previa no implica consentimiento.[3] Por lo contrario, a menudo equipara la consulta con eventos de “socialización” de los beneficios de los proyectos extractivos, orientados a conseguir que las comunidades afectadas firmen convenios para asegurarse recursos económicos.

Este año el debate en torno a la consulta previa ha sido intenso. En principio por la sentencia del Caso Sarayaku emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en junio y que condena al Estado del Ecuador por incumplir el derecho del Pueblo Kichwa de Sarayaku a ser consultado antes de que se decida dar su territorio en concesión a una empresa petrolera. En esta sentencia[4] la Corte desarrolla un conjunto de estándares sobre la manera en que debe ser hecha una consulta para satisfacer el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, haciendo énfasis en que las consultas deben realizarse de buena fe, a través de procedimientos culturalmente adecuados y deben tener como fin llegar a un acuerdo. También dispone que el Estado regule el ejercicio del derecho a la Consulta para lo cual debe asegurar la participación de las propias comunidades.

Además, queda en pie el precedente establecido por la misma Corte Interamericana en el Caso Saramaka de 2007, respecto a que tratándose de proyectos de gran escala que afecten gravemente los derechos de un pueblo, no sea suficiente realizar una consulta sino obtener el consentimiento antes de dar inicio el proyecto[5].

Pese a que el Gobierno de Correa ha acatado la sentencia del Caso Sarayaku y anunció que la cumpliría, no se ha detenido en su pretensión de convocar una nueva gran ronda petrolera para entregar en concesión territorios indígenas precisamente en la misma zona de la Amazonía ecuatoriana en donde se encuentra Sarayaku. Y aunque en un primer llamado a las empresas interesadas no se ha incluido el territorio Sarayaku, las autoridades han dejado claro que se incluirá en los siguientes.

Para viabilizar la denominada Ronda Suroriente, la Secretaría de Hidrocarburos ha realizado una consulta o “socialización” a las comunidades indígenas afectadas, al amparo de un reglamento (Decreto 1247) puesto en vigencia unos días antes de que se diera a conocer a las partes el contenido de la sentencia del Caso Sarayaku y que, por tanto, no incorpora los estándares contemplado en ella. Por otro lado, el reglamento fue elaborado por el Gobierno Nacional sin conocimiento ni participación de las comunidades que serían consultadas.

Sobre la manera como fue hecha la consulta hay una recia polémica. La colocación de mesas de información en las ciudades amazónicas y el ingreso a comunidades indígenas contra la expresa voluntad de sus asambleas no parece ser un mecanismo “culturalmente adecuado”. Las organizaciones indígenas sostienen que dichos procesos fueron inconstitucionales  y que se excluyó a las organizaciones representativas[6]. El Gobierno, por su parte, defiende el proceso y alega que ha firmado 22 acuerdos con comunidades indígenas que estarían de acuerdo con la explotación petrolera en su territorio[7]. Lo cierto es que si lo que se esperaba es que la consulta realizada por el Gobierno era generar un ambiente propicio para la inversión petrolera, el fracaso es evidente. Si solo se alcanzaron 22 acuerdos de las más de 700 comunidades indígenas que habría en la zona de la nueva ronda, el conflicto solo está empezando.

A este complejo contexto se suma, ahora, el pronunciamiento del Comité DESC, que deja sin piso la argumentación del Gobierno ecuatoriano respecto al alcance limitado de la consulta a la vez que pone severamente en duda la idoneidad del Decreto 1241.

El Comité insta al Estado parte que en el ámbito de las actividades de exploración y explotación minera y de hidrocarburos, realice consultas que incluyan la expresión libre del consentimiento frente a la procedencia o no de un proyecto, espacios y tiempos suficientes para la reflexión y la toma de decisiones así como las medidas de salvaguarda de la integridad cultural y de reparación. Los procesos de consulta deberían respetar los protocolos de consultas comunitarias de ya desarrollados y las decisiones que surjan de los mismos. El Comité recomienda al Estado Parte que considere suspender la aplicación del Decreto 1247 de 2012 y en su lugar, diseñe de manera participativa con los pueblos indígenas las medidas legislativas para regular el derecho a la consulta y surta las consultas pre legislativas a que haya lugar. El Comité insta al Estado Parte a acatar las órdenes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la sentencia del 27 de junio de 2012 (Pueblo indígena Kichwa de Sarayaku vs. Ecuador).

Habría de esperar que un gobierno democrático y respetuoso del Estado de Derechos y de Justicia Social que proclama la Constitución de Montecristi se sienta severamente cuestionado por la contundencia del pronunciamiento de un organismo internacional de derechos humanos sobre sus ejecutorias y esté listo para enmendar los errores.

No sabemos si eso suceda. Lo que sí sabemos es que este pronunciamiento pone de manifiesto la legitimidad de los reclamos de las organizaciones indígenas sobre la Ronda Suroriente y las animará a llevar su resistencia a escenarios internacionales, lo que constituirá un desestímulo adicional para  las inversiones petroleras que podrían llegar.

Más aún en un escenario en el que las actuaciones gubernamentales provocan preocupaciones, como las manifestadas también por el Comité DESC en el documento que comentamos:

10. El Comité se encuentra preocupado por las investigaciones y las condenas penales contra líderes sociales e indígenas que han participado en manifestaciones públicas con ocasión de las iniciativas legislativas del Gobierno del Estado Parte sobre la administración del agua y el desarrollo de proyectos que generarían impactos sobre reservas naturales como en el caso de la Laguna Kimsakocha. Al Comité le preocupa que en el Estado parte no existan suficientes mecanismos de concertación social sobre las actividades de extracción de recursos naturales, de manera que se puedan armonizar con la cosmovisión del desarrollo de los pueblos y nacionalidades indígenas.

En fin, nuevamente el Ecuador es señalado por organismos internacionales de derechos humanos. Ojalá la reacción gubernamental sea de autocuestionamiento y rectificación en vez de la fácil descalificación que no lleva sino a reiterar los errores y deteriorar la democracia.

 

 

 


[1] Abogado y profesor universitario. Asesor de Fundación Pachamama

[7]  Ver http://www.eluniverso.com/2012/12/05/1/1355/ministro-afirma-hicieron-consulta-previa.html

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