La Ley 222 es innegociable, advierte el ministro Carlos Romero, y desecha a los líderes de la IX Marcha
EL GOBIERNO DICTA: “NO HAY POSIBILIDAD DE ELUDIR LA CONSULTA” A LOS INDÍGENAS DE TIPNIS
Redacción Bolpress
El ministro de Gobierno Carlos Romero dictaminó que la “post consulta” a los pueblos indígenas del TIPNIS “debe hacerse y no hay posibilidad de eludirla”. El Presidente Evo Morales está dispuesto a revisar las bases y procedimientos de un protocolo ya consensuado, pero solo negociará con los “interlocutores válidos” de la IX Marcha Indígena, no con los actuales dirigentes sentenciados por narcotráfico o vinculados al tráfico de madera y al negocio de los juegos de azar.
“Hemos escuchado con sorpresa algunas declaraciones y análisis de algunos dirigentes de la marcha y algunos denominados analistas que han venido señalando que el objetivo de esta movilización sería la abrogación de la Ley 222 de consulta, pero la consulta es un derecho fundamental y una obligación ineludible del Estado”, por mandato de la Constitución y de dos instrumentos jurídicos internacionales vinculantes, expuso el ministro Romero este jueves en conferencia de prensa.
Según Romero, el Estado está obligado por la Constitución Política del Estado (CPE), por el convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y por la Declaración de Naciones Unidas sobre Derechos Indígenas del 13 de septiembre de 2007 a realizar la consulta previa a los pueblos indígenas que habitan el Territorio Parque Nacional Isiboro Sécure (TIPNIS) para la construcción de la carretera Villa Tunari-San Ignacio de Mojos.
Decenas de expertos en la materia, entre ellos el ex relator de la ONU Bartolomé Clavero, pusieron en duda la legalidad y la legitimidad de la “post consulta” que pretende ejecutar el gobierno, pero el ministro Romero consideró que esa polémica es “forzada y ficticia”.
Romero explicó que el Art. 30 numeral 15 de la CPE establece la consulta como un derecho de los pueblos indígenas y una obligación del Estado, en cumplimiento del convenio 169 de la OIT (ratificado por Ley 1257 del Estado Boliviano en 1991), que en su Art. 6 dice de manera literal que “los gobiernos deberán consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente”.
“El artículo 6to del Convenio 169 hace énfasis en la obligatoriedad de consultar a los pueblos interesados, pero no utiliza el término ‘consulta previa’ sino más bien la categoría ‘consentimiento previo’ para medidas administrativas, legislativas, iniciativas de proyectos que puedan afectar al pueblo indígena”, explicó Romero, y precisó que otros articulados del Convenio definen de manera expresa en qué casos se requiere el consentimiento:
“Cuando un pueblo indígena va a ser desplazado de un territorio a otro espacio geográfico distinto, cuando se va a depositar en su área de hábitat componentes químicos, nucleares que puedan afectar drásticamente su medio ambiente, o cuando exista un mega proyecto que pueda modificar substancialmente la vida colectiva de las comunidades”.
El Ministro de Gobiernoafirmó que el artículo 30, numeral 15 de la CPE es muy claro al respecto y “no procede interpretación alguna cuando la letra del texto es demasiado taxativa”: Señala que los pueblos indígenas tienen derecho “a ser consultados mediante procedimientos apropiados través de sus instituciones” y luego aclara que “la consulta será previa si se trata de la explotación de recursos naturales no renovables”.
“Ahí nuestra Constitución ha recogido literalmente el artículo 6 del Convenio 169. En este marco se respetará y garantizará el derecho a la consulta, escuchen bien, previa, obligatoria, realizada por el Estado de buena fe y concertada, respecto a la explotación de los recursos naturales no renovables”, recalcó el Ministro de Gobierno.
Con esos antecedentes, argumentó que “el consentimiento previo es requerido de manera expresa cuando hablamos de proyectos militares, traslado de un pueblo de un sitio a otro, pero en el caso de obras de infraestructura caminera hay una amplia jurisprudencia, especialmente en el caso de Colombia, que señala que las consultas se han hecho inclusive (durante) la construcción, interrumpiendo la construcción de un camino para posibilitar algunos ajustes técnicos de algún proyecto”.
Consulta “constitucional”
El ministro Romero recordó que la sentencia del Tribunal Constitucional declaró que la consulta definida en el primer artículo de la Ley 222 es constitucional, pero declaró la “constitucionalidad condicionada” de los artículos 3, 4, 6 y 9, lo que significa que todavía hay elementos y procedimientos del protocolo concertado y aprobado por 58 corregimientos del TIPNIS, que deben ser revisados y consensuados nuevamente por los corregidores.
Según Romero, el protocolo o reglamento de consulta “ha sido consensuado, consultado y aprobado por cerca de dos tercios de los corregidores del TIPNIS, y si algunos se marginaron de este espacio fue por decisión voluntaria”. A pesar de ello, el gobierno está dispuesto a revisar el procedimiento ya elaborado por 58 corregidores, y comenzar a negociar con los dos corregidores que acompañan la IX marcha, pero “tenemos un problema de interlocución con algunos dirigentes que tienen una serie de antecedentes y que no están ligados a la problemática del TIPNIS”.
“El gobierno tiene toda la predisposición a instalar un diálogo de manera inmediata porque hemos adoptado como filosofía de trabajo el diálogo, la concertación, escuchar a la gente, pero hay algunos límites y por eso estamos definiendo algunas características de una interlocución que sea legítima para reinstalar un diálogo”, enfatizó Romero, aludiendo a tres líderes de la movilización indígena.
El gobierno impugnó en primer lugar a la dirigente Bertha Bejarano, detenida y sentenciada por tráfico de drogas en Brasil. “Sobre esa dirigente no pesa un rumor o una denuncia, sino un proceso con sentencia de narcotráfico; imagínese que el Presidente Evo Morales vaya a sentarse con una persona de estas características, estaríamos sujetos a problemas a nivel internacional”, justificó Romero.
Romero también vetó al máximo líder de la CIDOB Adolfo Chávez, quien habría solicitado al Presidente que autorice a la CIDOB tramitar licencias de funcionamiento de casas de juego, para luego otorgar un poder especial a Armando Quisberth Torres el 30 de junio de 2011 para que gestione licencias con empresarios. “Todo está documentado y protocolizado”, aseveró Romero, mostrando un recibo del Bingo Bahiti por 30 mil dólares. Además, acusó a un dirigente apellidado Fabricano de traficar con madera.
“Este es un problema objetivo y real, no es persecución, soberbia o actitud maliciosa del gobierno. No queremos debatir sobre tráfico de madera, sobre salas de juego, sobre tráfico de drogas, queremos resolver el tema del TIPNIS y las demandas de las regionales. Deben participar en el diálogo las 13 organizaciones afiliadas a la CIDOB, los 60 corregidores del TIPNIS y las tres organizaciones representativas: las subcentrales TIPNIS y Sécure y el Consejo Indígena del Sur (CONISUR)”, sentenció el Ministro.
Romero dijo que “si hay un conjunto mayoritario de corregimientos que están defendiendo la consulta y hay un grupo de corregimientos que dice no a la consulta, ¿cómo resuelve este problema? No podemos inaplicar la Constitución, el mismo Tribunal Constitucional nos ha dado la razón de que la Constitución nos obliga a hacer consulta”.
En la última semana el gobierno trasladó a la ciudad de La Paz a corregidores de 42 comunidades del TIPNIS para que confronten a los indígenas de la IX Marcha, aunque el presidente de la Subcentral Sécure Carlos Fabricano aseguró que vino con sus propios recursos para “negociar” con los marchistas.
“Queremos informar a toda la población boliviana y paceña que queremos sentarnos y arreglar este problema entre nosotros como vivientes legítimos de nuestras comunidades y no con gente de otras organizaciones”, dijo Fabricano. “Quiero decirle a Bolivia y al mundo entero que nosotros defenderemos la consulta previa en el TIPNIS”, añadió el yuracaré Emilio Vilche. El presidente del CONISUR Gumercindo Pradel estimó que la consulta comenzaría el 9 de julio.