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domingo, diciembre 22, 2024

INTERNOS ROTATIVOS Y LA “PIRATIZACIÓN” DE LA SALUD PÚBLICA. Por Katiuska King

El Acuerdo interministerial MDT-MSP-0345-2019[1] del 2 de mayo de 2019 entre el Ministerio de Trabajo y el Ministerio de Salud reduce el número de internos rotativos de la Red Pública Integral de Salud de acuerdo al presupuesto con el que se cuente (art. 2 que sustituye al art. 7).

Este Acuerdo ha sido dado a conocer porque disminuye el estipendio de los internos rotativos. Antes era el “60% de la remuneración mensual unificada vigente de los profesionales rurales para cada una de las profesiones de la salud”[2], en el caso de medicina era de $ 591 y el Acuerdo en mención, los establece a partir de mayo 2019, de la siguiente manera:

Carreras Reconocimiento
Medicina $ 394,00
Enfermería $ 295,50
Obstetricia $ 394,00
Nutrición $ 197,00

El 17 de mayo de 2019, la Asociación de Internos Rotativos luego de reuniones y movilizaciones acordó con el Ministerio de Salud mantener el reconocimiento previo para aquellos que empezaron sus prácticas el 1ro de mayo. También, se convino buscar financiamiento permanente para el Programa de Internado Rotativo y mejorar la planificación de formación de profesionales de la salud por parte de las instituciones de educación superior.

Algo poco difundido sobre este Acuerdo, que no se incluye en los nuevos acuerdos, es que luego de la tabla citada (artículo tercero que sustituye el artículo 11) se señala lo siguiente:

“En los casos que el número de estudiantes de internado rotativo exceda el presupuesto de las instituciones públicas destinado para el efecto, corresponderá a las Instituciones de Educación Superior la redistribución de los estudiantes de internado rotativo en el sector privado, así como garantizar el reconocimiento económico en los establecimientos de salud en los cuales se realicen actividades asistenciales, esto con el fin de no afectar al normal desarrollo de la formación de los estudiantes de las carreras de salud”.

Es decir, anticipando una reducción de presupuesto para salud, el Acuerdo establece que las universidades busquen en los establecimientos de salud privados espacios para las prácticas de los internos rotativos y para ello, deben “garantizar” el reconocimiento económico. Al hablar de garantizar no se especifica en qué términos será el reconocimiento ni quién se hará cargo.

Las clínicas y hospitales privados podrán contar con mano de obra que necesita realizar prácticas como parte de su formación y por tanto, los internos rotativos se encuentran en una situación de desventaja y debilidad.

Los establecimientos de salud privados buscarán pagar lo menos posible e incluso podrían requerir recursos públicos de las universidades públicas, valga la redundancia o de los propios estudiantes, ya que las universidades privadas trasladarán dicho costo a la matrícula estudiantil.

Los internos rotativos, en términos generales son estudiantes que aprobaron todas sus materias teóricas y prácticas en la universidad y van a realizar prácticas durante el año de internado, una vez aprobado este año, los estudiantes de medicina, enfermería y obstetricia van al sorteo de las plazas para la rural.

Ellos juegan un rol clave en la atención de la salud pública, al reducir su número, la atención empeorará y sólo esto ya fortalece la salud privada. En la lógica del Acuerdo, el gobierno marca una pauta, lo que hay que apoyar es lo privado con precarización laboral o incluso con recursos públicos.

Pero además, la salud privada se beneficiará de mano de obra barata y explotada. A esto le llamo un negocio redondo para la salud privada que debilita lo público. Infame.

El acuerdo es una forma de “piratizar” la salud pública.

*Katiuska King Mantilla es una mujer ecuatoriana de izquierda. Fue Ministra Coordinadora de la Política Económica de Ecuador entre abril 2010 y octubre 2011. Se desempeñó como profesora investigadora asociada y coordinadora del Centro de Investigaciones económicas y de la pequeña y mediana empresa (CIEPYMES) en FLACSO Ecuador, y es actualmente Docente de la Universidad Central.

[1] Publicado en el Suplemento – Registro Oficial N° 480 del 2 de mayo 2019.

[2] Acuerdo interministerial MDT-MSP-2015-00005286 publicado en el Suplemento – Registro Oficial N° 690 del 15 de febrero 2016.

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